Atentados del 11-S

Libertad VS Seguridad en la lucha contra el terrorismo y la radicalización

Libertad VS Seguridad en la lucha contra el terrorismo y la radicalización
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La dicotomía entre el concepto de libertad y el de seguridad ha sido un debate teórico frecuente desde que se configura el pensamiento liberal y los estados liberales en Europa y EEUU. Ya en el siglo XVII, Hobbes señalaba que el ser humano en su estado de naturaleza era malo y egoísta, por lo que la sociedad y sus instituciones se justificaban cuando los individuos tenían seguridad. Así en su obra Leviatán, el contrato social era lo que facultaba al soberano a usar los poderes del Estado para hacer obedecer a los súbditos, pero siempre sobre la base de la seguridad para que prosperase la vida familiar y el libre comercio. Locke por su parte, argumentaba que los hombres no son tan malos por naturaleza y que poseen derechos individuales inherentes a su condición humana. Así en su obra “Segundo Ensayo sobre el Gobierno Civil”, Locke reinterpretó el contrato social que le concedía al gobierno una autoridad, limitada, de forma que siempre garantizase las condiciones para la libertad.

Desde estos postulados en el siglo XXI hay que poder formular políticas para enfrentar al terrorismo manteniendo la libertad de los individuos. Para hacerlo hay que tomar en cuenta dos consideraciones: el tipo de terrorismo al que nos enfrentamos, y los fundamentos de los Estados liberales, como es el español.

Tradicionalmente, el terrorismo era o nacionalista o “de estado”. Sin embargo, en las últimas décadas ganó fuerza un nuevo tipo de terrorismo: el global, aquel que tiene por objeto la Comunidad Internacional. Es en esta categoría donde se encuentra el terrorismo de carácter religioso islamista. Es global porque fija como como enemigos, no a un estado concreto, sino al mundo “occidental”; con la particularidad de que sitúa como objetivos “válidos” cualquier lugar y en cualquier momento. Ello ha obligado a los gobiernos a tomar medidas urgentes extraordinarias.

Sin embargo, estas medidas han de cuadrar con un ordenamiento jurídico basado en tradiciones políticas liberales. Así, hay una serie de principios políticos que son la base de nuestros ordenamientos y presentan unas limitaciones a las medidas de seguridad que deben adoptar los estados:

1. El principio del imperio de la ley, es decir, las leyes deben de aprobarse conforme a unos procedimientos y subordinados a la Constitución como ley fundamental.

2. El principio de legalidad de la administración, por el que ningún gobierno puede saltarse las leyes a la hora de acometer una actuación administrativa.

3. La existencia de unos derechos fundamentales de la persona reconocidos y garantizados con la suficiente garantía y seguridad jurídica.

El caso de la llamada ley patriótica, Patriot Act de EEUU, es un buen ejemplo de legislación, que vulneraba derechos civiles y constitucionales de los ciudadanos, como así declaró un tribunal federal de EEUU. Por lo que han tenerse en cuenta ambos elementos, el terrorismo, y los fundamentos del Estado liberal, a la hora de diseñar las políticas de seguridad. La democracia debe perdurar ante el terrorismo.