Tribunales

Hipoteca Multidivisa: Las claves de la Sentencia del Tribunal Supremo

Hipoteca Multidivisa: Las claves de la Sentencia del Tribunal Supremo
Hipoteca Multidivisa: Las claves de la Sentencia del Tribunal Supremolarazon

Desde El Defensor de tu Vivienda queremos repasar las claves más destacadas de la Sentencia del Tribunal Supremo de 15 de noviembre de 2017 en relación con las Hipotecas Multidivisa, pues, como es conocido, abre la posibilidad de solicitar judicialmente la nulidad (parcial) de estas cláusulas abusivas, con los importantes beneficios que pueden encontrar los afectados por estos productos:

· En primer lugar, el Tribunal Supremo deja sin defensa a bancos y entidades financieras al aclarar que las Hipotecas Multidivisa no son un instrumento financiero o producto de inversión y que, por tanto, no se encontraba sometido a la normativa del mercado de valores.

· En segundo lugar, el que no sea categorizado como un producto de inversión o instrumento financiero, supone que le es plenamente aplicable las normas de transparencia e información al cliente, pues el Tribunal Supremo lo califica como “producto complejo” a efectos del control de transparencia de cláusulas abusivas.

· En tercer lugar, la sentencia viene a determinar que para que la Hipoteca Multidivisa esté sometida a la normativa de transparencia bancaria, lo relevante es que el cliente tenga la consideración de consumidor. Esto permite a los afectados por esta cláusula obtener protección de la normativa de consumo, permitiendo considerar como “abusivas” aquellas cláusulas no negociadas individualmente, y que ocasione un desequilibrio importante de derechos y obligaciones.

La Sentencia sienta jurisprudencia y permite que aquellos que contrataron una Hipoteca Multidivisa puedan acudir a un abogado experto para que, judicialmente, se declare la nulidad (parcial) de las cláusulas que le son claramente perjudiciales por haber existido, en el momento de la contratación:

· Falta de información, clara y suficiente, por parte de la entidad financiera sobre los riesgos de fluctuación de la divisa que afectan a los abonos mensuales y al propio capital prestado.

· El hecho de que la escritura de préstamo fuese previamente confeccionada.

· La falta de información precontractual por parte del banco al cliente, impidiendo con ello comprender la complejidad del producto.

· La falta de conocimientos suficientes del comercial del banco que comercializó el producto.

· El no exponer de forma clara los riesgos de devaluación de la moneda.

En caso de que se solicitase la nulidad parcial de las cláusulas de la “Hipoteca Multidivisa, y esta previsiblemente fuese estimada, se produciría una “conversión” del préstamo a euros desde su comienzo, es decir, que quedaría como un préstamo concedido en euros y amortizado en euros.

Desde el equipo de El Defensor de tu Vivienda podemos asesorarle, de manera gratuita, ante de tomar cualquier decisión o firmar ningún acuerdo, buscando la mejor solución para su caso concreto sin ningún tipo de coste ni compromiso, en el teléfono GRATUITO 900 90 70 49 o a través del formulario de nuestra web.