Economía

La banca decidirá si cobra a sus clientes por usar los cajeros de la competencia

Soraya Sáenz de Santamaría, junto Rafael Catalá y Luis de Guindos tras el Consejo de Ministros
Soraya Sáenz de Santamaría, junto Rafael Catalá y Luis de Guindos tras el Consejo de Ministroslarazon

El Gobierno prohíbe desde hoy la doble comisión: sólo podrá exigir una la emisora de la tarjeta.

- Madrid

El Gobierno ha puesto orden en el descontrol surgido en las últimas semanas por el cobro de comisiones por el uso de cajeros automáticos de entidades diferentes a las emisoras de las tarjetas de crédito. Desde ahora, serán los bancos los que decidan si cobran a sus clientes una comisión por sacar dinero en los cajeros de la competencia. A partir de hoy, tras la publicación en el BOE del decreto ley que regula la cuestión, cuando una persona retire efectivo en un cajero automático de otro grupo, la propietaria del cajero no podrá exigirle directamente al usuario una comisión, pero sí a la entidad emisora de la tarjeta de la que esa persona es cliente. Este banco podrá repercutir o no, total o parcialmente, dicha comisión a su cliente, según su política comercial. El cajero será el que tenga que informar al usuario de la comisión máxima que le pueda cobrar su banco antes de sacar el dinero.

La nueva normativa establece límites en las tasas a pagar. Si la retirada de efectivo es a débito, las entidades emisoras de la tarjeta únicamente podrán repercutir a su cliente, total o parcialmente, la comisión satisfecha a la entidad propietaria del cajero, pero no podrá cobrar ninguna comisión o gasto adicional. En el supuesto de retirada de efectivo a crédito, las entidades emisoras de la tarjeta sí podrán cobrar un importe adicional a la comisión cobrada entre el emisor de la tarjeta y el propietario, ligada a la concesión del crédito. En todo caso, este importe no podrá superar el que la entidad emisora cobra a sus propios clientes por la retirada de efectivo de sus propios cajeros automáticos.

Las dos entidades, la emisora y la dueña del cajero, podrán pactar libremente la comisión que deberá pagar la primera a la segunda y, en caso de que no haya acuerdo, la comisión que determine el titular del cajero respecto a la emisora será «la misma en todo el territorio nacional y no será discriminatoria». Su cuantía podrá revisarse cada año y en todo momento deberá respetar las normas de la competencia.

Con la ley aprobada ayer, el Ministerio de Economía acaba con las aspiraciones de entidades como La Caixa, BBVA y Santander, que pretendían cobrar una comisión directamente a los usuarios que no fueran clientes suyos. La Caixa, la única que ya lo había puesto en práctica, anunció que dejará de cobrar los dos euros a los no clientes desde hoy. Para la vicepresidenta del Gobierno, Soraya Sáenz de Santamaría, con el cambio «se da seguridad y se protege al consumidor en un tema que estaba generando preocupación en la opinión pública». El real decreto ley modifica la Ley 16/2009 de 13 de noviembre sobre Servicios de Pago y, a juicio del Ministerio de Economía, «da una solución equilibrada al conflicto de intereses generado por la utilización de cajeros automáticos por clientes de otra entidad». El otro objetivo de la norma es la transparencia, añade el departamento que preside Luis de Guindos en un comunicado, puesto que las entidades de crédito deberán informar al Banco de España de las comisiones que cobrarán por la retirada de efectivo.

Competencia deberá elevar un informe anual al Ministerio de Economía sobre los acuerdos y decisiones de las entidades en relación con las comisiones.