Autónomos

Los autónomos podrán aplazar y fraccionar sus deudas tributarias

Los trabajadores por cuenta propia tendrán un periodo de 12 meses, mientras que el plazo de las empresas se reduce a seis

Cristóbal Montoro
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Los trabajadores por cuenta propia tendrán un periodo de 12 meses, mientras que el plazo de las empresas se reduce a seis

El ministro de Hacienda y Función Pública, Cristóbal Montoro, permitirá el aplazamiento y fraccionamiento del IVA, Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) y otras deudas tributarias a autónomos y pymes en 2017. De esta forma queda retocado el real decreto-ley que aprobó el Ejecutivo el 2 de diciembre en el que se endurecían dichos aplazamientos para ingresar unos 1.500 millones de euros adicionales, según publicó ayer la Agencia Tributaria. No obstante, el real decreto-ley sigue eliminando la posibilidad de conceder aplazamientos o fraccionamientos de determinadas deudas tributarias, entre ellas las derivadas de los pagos fraccionados del Impuesto sobre Sociedades y las derivadas de tributos que, como el IVA, deben ser legalmente repercutidos, salvo que se justifique que las cuotas repercutidas no han sido efectivamente pagadas. Dicha aclaración de la Agencia Tributaria se publica antes del 30 de enero, tal y como habían pedido las principales asociaciones de autónomos y algunos partidos políticos, debido a que ese día vence el plazo de liquidación del IVA del ejercicio 2016.

las condiciones

Los autónomos, como personas físicas, que en España son alrededor de dos millones, podrán seguir aplazando o fraccionando el pago de dichos tributos siempre que sean inferiores a 30.000 euros. Además, en este caso no tendrán que aportar ningún aval, ya que el límite exento de aportar garantías se elevó en octubre de 2015 desde 18.000 euros a los 30.000 euros actuales, y lo podrán seguir haciendo durante un plazo máximo de doce meses frente a los 18 meses de la norma anterior. También el contribuyente podrá solicitar un número de plazos inferior, en cuyo caso, se le concederán los plazos solicitados. El pago de la deuda se realizará, en todo caso, mensualmente y se tramitará mediante un mecanismo automatizado de resolución. En el caso de las empresas, podrán también aplazar las deudas inferiores a este importe sin presentar garantías, pero en éste caso, el plazo se reduce de 12 meses a seis.

Los trabajadores por cuenta propia que tengan una deuda total superior a los 30.000 euros podrán solicitar un aplazamiento, en función del tipo de garantía aportada por el deudor, y por un plazo máximo de 36 meses, excepto que el obligado hubiera solicitado un número de plazos inferior, en cuyo caso, se le concederán los plazos que se solicitan. Asimismo, si las deudas son por IVA, será necesario acreditar que las cuotas del IVA repercutido no han sido pagadas.

La medida relativa a los pagos fraccionados del Impuesto sobre Sociedades no afecta a los autónomos, puesto que tributan en el IRPF. La medida sobre el IVA repercutido sí les afecta, si bien van a poder seguir solicitando aplazamientos y fraccionamientos de IVA si justifican que no han cobrado las cuotas repercutidas. Por tanto, la principal modificación para los autónomos será que deberán acreditar que no han cobrado las cuotas de IVA repercutidas, en particular en aquellas solicitudes que excedan el límite exento de garantías.

El presidente de la Asociación de Trabajadores Autónomos, Lorenzo Amor, afirmó que su organización ha negociado con Hacienda este cambio. Según sus datos, en la actualidad hay unos 50.000 millones de euros de deudas tributarias aplazadas, de los que 30.000 millones son por importe de hasta 30.000 euros, por lo que en la mayor parte de los casos se trata de autónomos y microempresas. Además, el presidente subrayó que hay empresarios que usan el aplazamiento de «forma encadenada» y esta práctica es preciso combatirla, pero afirmó que la mayoría de los autónomos lo hacen de «forma puntual» y no se merecen ser perjudicados por una posible limitación de los aplazamientos.

Una vez transcurrido el año 2017, el Ministerio de Hacienda y ATA analizarán cómo han evolucionado los aplazamientos del presente ejercicio, para así adoptar medidas de cara al futuro acerca de su mantenimiento, desaparición o modificación.