Relaciones laborales

Los «sabios» proponen una indemnización mínima de 12 días para los interinos

Como adelantó LA RAZÓN, los expertos nombrados por Empleo rechazan el «contrato único» y piden «limitar» la duración de los de interinidad.

Los «sabios» proponen una indemnización mínima de 12 días para los interinos
Los «sabios» proponen una indemnización mínima de 12 días para los interinoslarazon

Como adelantó LA RAZÓN, los expertos nombrados por Empleo rechazan el «contrato único» y piden «limitar» la duración de los de interinidad.

El grupo de «sabios» nombrado por el Ministerio de Empleo para deshacer el entuerto de los interinos ha recomendado que se aplique una indemnización de al menos 12 días por año trabajado para aquellos empleados en situación de interinidad que se vean afectados por la extinción de los contratos temporales y de 20 días en el caso de los despidos por causas objetivas.

Como ya adelantó LA RAZÓN el pasado 28 de enero, los expertos que debían analizar la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) que insta a España a equiparar la indemnización de los trabajadores interinos con la de los indefinidos y buscar un encaje en la legislación laboral han descartado por completo la estandarización laboral mediante el llamado «contrato único» y han determinado en sus conclusiones la necesidad de establecer un tope temporal en la aplicación de los contratos de interinidad.

La legislación laboral no contempla a día de hoy ninguna indemnización para los interinos al acabar su contrato pero sí para los trabajadores temporales (12 días por año trabajado). Sin embargo, cuando se trata de causas de despido objetivas (económicas, de producción, organizativas o técnicas) el trabajador en situación de interinidad tiene derecho a una indemnización de 20 días por año y si el despido es improcedente, de hasta 33 días por año de servicio.

Los expertos no han alcanzado un quorum sobre el tope exacto de la indemnización a recibir por los interinos a la finalización de su contrato, pero dejan abierta una franja para que los agentes sociales comiencen a negociar sobre este asunto en el marco del diálogo social.

Los «sabios» que han participado en la elaboración del documento han dejado abierto también a una posterior negociación entre las patronales y los sindicatos el plazo máximo de duración de los contratos de interinidad, ya que «sería conveniente estipularlo sectorialmente», según indicaron a este diario fuentes de este comité de expertos. Esta situación responde a que, si bien en determinados sectores la interinidad es excesiva y se alarga en demasía en el tiempo, en otros es vital la tasa de interinidad.

El sindicato de empleados públicos CSIF ha demandado limitar la interinidad en todos los supuestos a entre 2 y 3 años para la administración del Estado, algo que los empresarios no quieren que se traslade al sector privado, al que están enfocadas, en principio, las recomendaciones del comité de expertos.

El documento es en principio definitivo a la espera de que se resuelvan las sentencias del Tribunal Supremo y de la justicia europea sobre el tema, ya que los «sabios» entienden que la sentencia del pasado 14 de septiembre emitida por el TJUE contiene «ambigüedades que no reflejan correctamente la realidad del ordenamiento jurídico español y no ha dado una respuesta suficientemente precisa y segura» al asunto.

Aunque los expertos debían ceñirse al sector privado, sí han querido realizar una advertencia a las administraciones públicas para que dejen de recurrir a los contratos de interinidad para cubrir vacantes con una duración «anormalmente larga».

A tenor de los datos del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), de los 19,9 millones de contratos y adscripciones acumulados a diciembre de 2016 casi 1,6 millones eran contratos de interinidad, muy por encima de los indefinidos. La cifra no ha sufrido alteraciones en los últimos años, ya que en 2010 se acumularon 1,56 millones de contratos de interinidad y 2015 se cerró con 1,58 millones de contratos de estas características.

Para analizar el alcance de esta sentencia y su encaje en el ordenamiento jurídico español, Gobierno, sindicatos y empresarios decidieron nombrar un grupo de expertos, integrado por los profesores José María Miranda Boto y Joaquín Pérez Rey, a propuesta de UGT y CC OO; Jordi García Viña y Teresa Díaz de Terán, a propuesta de CEOE y Cepyme; Miguel Rodríguez-Piñero y Bravo-Ferrer, a propuesta del Gobierno, y Alfredo Montoya Melgar, que ha actuado como coordinador de la comisión a petición de Empleo.

El sindicato de funcionarios CSIF lamentó que las conclusiones hayan dejado fuera a las administraciones públicas pese a ser «el ámbito productivo que registra mayores niveles de interinidad».

CSIF ha abordado esta cuestión en los últimos meses en grupos de trabajo creados en el Ministerio de Sanidad y en el Ministerio de Justicia, dos de los ámbitos más afectados por la alta tasa de interinidad, junto a la Educación.

Según los datos en poder de los sindicatos, sólo en el Sistema Nacional de Salud (SNS) se contabilizan cerca de 170.000 trabajadores en situación de interinidad, lo que representa un 35% de la plantilla total.