Política

Ministerio de Justicia

Castro admite el recurso del PSPV contra denegación apertura juicio a Grau

El juez José Castro ha admitido a trámite el recurso del PSPV-PSOE contra la denegación de apertura de juicio oral al vicealcalde de Valencia, Alfonso Grau (PP), en el caso Nóos.

Castro no ha admitido a trámite el recurso de apelación interpuesto por la defensa de la infanta Cristina contra el auto de apertura de juicio oral del caso Nóos que dictó el pasado 22 de diciembre, en el que abrió proceso contra la hermana del Rey por dos presuntos delitos fiscales.

En un auto dictado hoy, el magistrado acuerda que no ha lugar a la admisión del recurso presentado por los abogados de doña Cristina el viernes pasado, tampoco acepta el recurso de nulidad de la defensa de Diego Torres y Ana María Tejeiro, según informa el Tribunal Superior de Justicia de Baleares.

Por el contrario, admite el recurso de apelación interpuesto por el grupo socialista del Ayuntamiento de Valencia y da traslado al Ministerio Fiscal y demás partes personadas en el caso para que, en el plazo de cinco días, aleguen lo que estimen pertinente y presenten los documentos justificativos de sus pretensiones.

El juez instructor aplica un criterio distinto a Grau en virtud de la "semántica"del apartado 3 del artículo 783 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

"La resolución que excluye del sistema de recursos no es la que decide sobre la apertura del juicio oral", según el auto del juez, "sino estrictamente el auto que acuerde la apertura de juicio oral", por lo que "los pronunciamientos denegatorios y subsiguientemente sobreseedores sí que serían recurribles, aunque se eche de menos una más clarificadora redacción del precepto".

Y añade: "Un pronunciamiento que acordara la apertura de juicio oral nunca resolvería definitivamente la controversia que, a través de los artículos de previo pronunciamiento podría recibir solución distinta".

"En todo caso, nada impediría que el desarrollo del juicio pudiera abocar a una sentencia absolutoria, posibilidades éstas que nunca podrían darse en el supuesto de que se denegara la apertura de juicio oral, que se sobreseyera su destinatario y este pronunciamiento quedara a salvo de cualquier recurso", añade el juez.

Contra esta decisión cabe recurso de reforma a interponer en el plazo de tres días, mientras que contra la no admisión a trámite de los recursos relacionados con la infanta Cristina y Ana María Tejeiro únicamente cabe recurso de queja ante la Audiencia de Palma.