El desafío independentista

Moncloa frena en el TC la partida para el referéndum

Recurre la Ley de Presupuestos de Cataluña y pide al Alto Tribunal que advierta de las consecuencias penales si no acatan la suspensión.

Los presupuestos de la Generalitat para 2017 incluyen una partida para la convocatoria de un referéndum de independencia
Los presupuestos de la Generalitat para 2017 incluyen una partida para la convocatoria de un referéndum de independencialarazon

Recurre la Ley de Presupuestos de Cataluña y pide al Alto Tribunal que advierta de las consecuencias penales si no acatan la suspensión.

Nuevo recurso de inconstitucionalidad frente al proceso de desconexión catalán. Esta vez afecta a los Presupuestos de la Generalitat de Cataluña para 2017, por haber incluido en ellos partidas destinadas al referéndum ilegal. El Gobierno entiende que este proyecto presupuestario invade competencias que no le corresponden, afecta al principio de la soberanía nacional y también vulnera el procedimiento previsto para la propia reforma de la Carta Magna. El recurso de inconstitucionalidad será admitido a trámite y se producirá la suspensión inmediata de los efectos de los artículos recurridos, por un tiempo máximo inicial de cinco meses. Es decir, la Generalitat tendrá prohibido destinar dinero a financiar la consulta independentista.

El Diario Oficial de la Generalitat publicó el pasado jueves la ley 4/2017 de Presupuestos para 2017, trámite necesario para poder formalizar los recursos ante el Tribunal Constitucional. Esta decisión de impugnar el proyecto está avalada, además, en el hecho de que el Consejo de Garantías Estatutarias catalán y los letrados del Parlamento de Cataluña habían advertido de la ilegalidad de lo que se estaba tramitando. La vicepresidenta del Gobierno, Soraya Sáenz de Santamaría, se refirió precisamente ayer a estas advertencias previas sobre la ilegalidad de las decisiones aprobadas y alertó de lo «inédito» de todo lo que está ocurriendo en el Parlamento catalán.

De hecho, desde Moncloa dan especial relevancia a esta impugnación, aunque se acumulen los recursos que el Gobierno de Rajoy ha ido interponiendo contra decisiones de la Generalitat o también del Parlamento. «Se pretende culminar el llamado proceso constituyente en 2017 y para ello un elemento esencial es la celebración del referéndum. Dicha consulta precisa para su realización de financiar los gastos propios por parte de la Generalitat, y la Ley cuya impugnación se insta pretende, precisamente, servir a este objetivo», alega el Gobierno.

Según explicó la vicepresidenta, el recurso se fundamenta en el hecho de que el TC ha sostenido de manera reiterada que el derecho a decidir sólo puede ser válido en el marco y con respeto a los procedimientos establecidos en el vigente ordenamiento constitucional. Recordó, asimismo, que el Consejo de Garantías ya señaló que el procedimiento parlamentario y las dos enmiendas aprobadas vulneraban el Estatuto catalán.

Nada más aprobarse las citadas enmiendas, que dan cobertura a la financiación del referéndum ilegal, el presidente del Gobierno, Mariano Rajoy, pidió un informe al Consejo de Estado, preceptivo para fundamentar la decisión aprobada en el Consejo de Ministros, y que implica recurrir la disposición adicional 40 en sus dos apartados primero y segundo y de las partidas que hacen referencia a los procesos electorales y consultas populares y a los procesos de participación ciudadana identificadas en los artículos 4 y 9 de la Ley de Presupuestos de la Generalitat y en el programa 132 del resumen del estado de gastos de la citada ley. El recurso señala que se vulnera la competencia exclusiva del Estado en materia de convocatoria de referéndums y que el proyecto es contrario también a los artículos sobre la unidad nacional y reforma constitucional.

Ante la posibilidad de que pueda incumplirse la suspensión y, por tanto, acaben abriéndose procesos penales por desobediencia contra los responsables políticos de la desobediencia, como ha ocurrido con la consulta del 9-N, el recurso de inconstitucionalidad y sus consecuencias deben ser notificados al presidente de la Generalitat, a sus consejeros y a varios altos cargos, con el objeto de que sepan que deben abstenerse de ejecutar la partida recurrida. El TC debe apercibirles de las eventuales responsabilidades, incluida la penal, en las que pudieran incurrir en caso de desobediencia. Todo ello con el objetivo de evitar que aleguen desconocimiento, la estrategia que intentó utilizar Mas en el juicio en el TSJ de Cataluña por el 9-N. Por eso el Ejecutivo de Rajoy solicita incluso al Alto Tribunal que, a fin de asegurar el mayor conocimiento de la providencia de suspensión, ésta se publique inmediatamente en el Diario Oficial de la Generalitat.