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El Supremo juzgará a Homs a partir del 27 de febrero

El Alto Tribunal rechaza que Rajoy, Pérez de los Cobos, Torres-Dulce y Catalá sean testigos en el juicio

El exconseller de la Presidencia Francesc Homs llega a la sede del TSJCat donde se celebra la tercera jornada del juicio por la consulta independentista del 9N
El exconseller de la Presidencia Francesc Homs llega a la sede del TSJCat donde se celebra la tercera jornada del juicio por la consulta independentista del 9Nlarazon

El Supremo juzgará a Homs a partir del 27 de febrero. El Alto Tribunal rechaza que Rajoy, Pérez de los Cobos, Torres-Dulce y Catalá sean testigos en el juicio.

El Supremo señala para el próximo 27 de febrero el inicio del juicio al exconseller de Presidencia catalán y actual diputado del Congreso Francesc Homs y Molist por delitos de prevaricación y desobediencia, en relación a la consulta del 9-N de 2014. En un auto, la Sala II amplía de cinco a siete magistrados la composición del tribunal que juzgará a Homs, y se pronuncia sobre las pruebas planteadas tanto por la Fiscalía como por la defensa. El tribunal acepta todas las pruebas solicitadas por la Fiscalía, alguna de las cuales también había pedido el acusado, como la pericial de los guardias civiles que realizaron el informe técnico sobre el análisis de los programas informáticos utilizados en la jornada del 9-N.

En cuanto a las testificales propuestas por Homs, no se acepta la citación como testigos del presidente del Gobierno, Mariano Rajoy, el presidente del Tribunal Constitucional, Francisco Pérez de los Cobos, el exfiscal general Eduardo Torres-Dulce, y el ministro de Justicia, Rafael Catalá Polo, por carecer “de todo enlace con el objeto del proceso”.

El auto explica que no forma parte de este proceso la valoración política de los hechos asumida por los miembros del Gobierno de la nación cuyo testimonio se reivindica, y que tampoco existe razón alguna para llamar a juicio al presidente del TC o al fiscal general del Estado en su momento, puesto que son los documentos que obran en la causa y no el testimonio personal de quienes dirigen estas dos instituciones los que reflejan las decisiones adoptadas en sus respectivos ámbitos funcionales.

En cuanto al testimonio solicitado del expresidente catalán Artur Mas, el tribunal señala que, pese a hallarse actualmente acusado en una causa derivada de los mismos hechos, deberá comparecer como testigo y no como coimputado. Sin embargo, quedará exento del deber de prestar juramento y será advertido de su derecho a no contestar a aquellas preguntas que puedan resultar perjudiciales para su defensa. Respecto a las declaraciones solicitadas de Carles Viver i Pi Sunyer y Albert Lamarca i Marqués, el tribunal acepta su comparecencia en el juicio pero no como peritos sino como testigos.

En cuanto a la prueba documental pedida por el acusado, no se acepta incorporar la resolución de la Junta de Fiscales de la Fiscalía Superior de la comunidad autónoma de Catalunya, de 18 de noviembre de 2014, que discutió este asunto; el tribunal recuerda que ese documento tiene carácter de oficio y no de resolución y forma parte de los trabajos preparatorios que ilustraron la decisión del máximo responsable de la Fiscalía General del Estado, quien ostenta la dirección del Ministerio Fiscal, en virtud de su Estatuto Orgánico. Además, la Sala considera que el rechazo de esta prueba no genera indefensión puesto que de hecho el documento obra ya en la causa porque ha sido incorporado por la defensa además de haber sido objeto de amplia difusión en los medios de comunicación.

El tribunal estará formado por Manuel Marchena (presidente y ponente) y seis magistrados: José Ramón Soriano, Francisco Monterde, Juan Ramón Berdugo, Ana Ferrer, Andrés Martínez Arrieta y Miguel Colmenero. En una providencia notificada también hoy, la Sala II señala para el 27 de este mes el inicio del juicio, que se prolongará en principio otros dos días: el 28 de febrero y el 1 de marzo.