Vitoria

«Fue sacado de la cueva de 2,5 por 1,5 metros con los ojos vendados»

El otro 1 de marzo de Arnaldo. «Otegi mantuvo secuestrado a Luis Abaitúa en un zulo de 2,5 de largo, 1,5 de ancho y 1,80 de alto». LA RAZÓN reproduce la condena al batasuno por el secuestro de un directivo de Michelin, liberado el 1 de marzo de hace 37 años

Luis Abaitúa, directivo de la empresa Michelin, secuestrado por ETA, en el zulo donde estuvo confinado
Luis Abaitúa, directivo de la empresa Michelin, secuestrado por ETA, en el zulo donde estuvo confinadolarazon

El otro 1 de marzo de Arnaldo. LA RAZÓN reproduce la condena al futuro líder de Sortu por el secuestro de un directivo de Michelin liberado el 1 de marzo de 1979

Arnaldo Otegi Mondragón mantuvo secuestrado, en 1979, a un directivo de la empresa Michelin en un zulo, en medio del monte, cuyas dimensiones eran similares a las del que se utilizó para el funcionario de prisiones Ortega Lara: 2,5 metros de largo, 1,5 de ancho y 1,80 de alto.

Junto con otros miembros del «comando» de ETA Político Militar al que pertenecía, el secuestro fue perpetrado el 19 de febrero y fue liberado, precisamente, el 1 de marzo, el mismo día del mes que el secretario general de Sortu saldrá hoy de la cárcel de Logroño, tras cumplir una pena por otra causa.

En la sentencia, en la que se le condenaba a seis años y un día de cárcel, se indica textualmente que «dando cumplimiento a las consignas y órdenes recibidas de la cúpula de ETA, (entonces rama Político-Militar), Arnaldo Otegi Mondragón y Luis María Alcorta Maguregui, el día 19 de febrero de 1979, en la ciudad de Vitoria, participaron en el traslado en su automóvil de Luis Federico Abaitúa Palacios, que otros miembros del comando, ya condenados, habían secuestrado a punta de pistola sobre las trece horas y cuarenta y cinco minutos, en la confluencia de las calles Carlos VII y San Antonio, cuando aquél se dirigía a su domicilio».

En su automóvil

«Le obligaron –añade– a introducirse en su automóvil, matrícula VA-8258-C, en el que le condujeron, una vez despojado del reloj y taparle los ojos con algodones y gafas oscuras, por diversas calles de la capital alavesa, efectuando paradas y cambios de automóvil, en cuyos hechos tuvieron participación directa los dos procesados (Otegi y Alcorta), que procedieron a la conducción del referido señor Abaitúa, a un monte en las proximidades de Elgoibar».

Allí, «tenían preparado un agujero o zulo, excavado en la tierra, y que consistía en un habitáculo de 2,50 metros de largo, por 1,50 metros de ancho y 1,80 de altura, con entrada disimulada por arbustos y ramajes».

«Dicho escondrijo subterráneo fue reconocido por Abaitúa, el 26 de marzo de 1979, una vez que fue localizado por la Policía en razón a los datos suministrados por alguno de los condenados y en el mismo permaneció, privado de toda libertad de movimientos , hasta el día 1 de marzo de 1979, habiendo estado en todo momento debidamente custodiado y vigilado», agrega.

«La liberación del señor Abaitúa comenzó en las últimas horas de la noche del 28 de febrero, en que fue sacado de la cueva, con los ojos vendados y trasladado en automóvil, durante largo espacio de tiempo, hasta las proximidades de Vitoria, donde sobre la una de la madrugada del día siguiente fue dejado en libertad», agrega.

En la sentencia se indica que no consta que se hubiese solicitado rescate económico, ni que se hubiera puesto condición alguna a la liberación (el «delito» de Abaitúa era ser directivo de la empresa Michelin, que atravesaba por conflictos laborales).

Se asegura que recibió buen trato, «pareciendo que la operación obedeció a fines propagandísticos de la ideología del comando y en relación con los conflictos laborales que afectaban a la empresa Michelin, de la que era uno de sus directivos».

Seis años y un día

En el fallo se indica que «debemos condenar y condenamos a Arnaldo Otegi Mondragón y Luis María Alcorta como autores y criminalmente responsables de un delito de detención ilegal ya definido, sin la concurrencia de circunstancias modificativas, a la pena, para cada uno de ellos, de seis años y un día de prisión mayor, accesorias de suspensión de todo empleo o cargo público y privación de derechos de sufragio, durante dichas condenas y al pago de las costas en la proporción correspondiente, debiendo indemnizar, por la vía civil, conjunta y solidariamente entre sí y con el resto de los condenados, a Luis Abaitúa Palacios en cien mil pesetas por daños físicos y morales».

Es decir, que Otegi ya ha pasado, en este caso por su participación en un secuestro, a una pena similar a la inhabilitación que se le ha impuesto por intentar reconstruir Batasuna a través de Bateragune, y que pretende soslayar por vías jurídicas para presentarse a las próximas elecciones autonómicas vascas de este año.

En la sentencia se indicaba también que a Otegi se le seguían entonces, por su vinculación con ETA, otros procedimientos penales que no se especificaban, pero que, al parecer, estaban relacionados con otros secuestros, alguno en grado de tentativa.

De Otegi se decía que estaba casado, que era estudiante, «con instrucción, sin antecedentes penales, de irregular conducta, declarado insolvente». Fue defendido por el letrado Ignacio Esnaola. Al ser insolvente, no tuvo que abonar la parte de las cien mil pesetas a que fue condenado.

La rama Político Militar de ETA, que lamentablemente ha gozado de un cierto predicamento por haber decidido poner fin a las actividades terroristas tras una negociación con el Gobierno de la UCD, era ideológicamente mucho más fanática que la «militar» y, por lo tanto, más peligrosa. Su decisión no se debió a un gesto de magnanimidad, sino que, como ha ocurrido ahora, lo hizo cuando se vio acorralada por las Fuerzas de Seguridad y al no poder controlar el conjunto de ETA.