Doctrina Parot

La Audiencia rechaza trasladar a Parot a Francia por sus «gravísimos» delitos de sangre

El etarra, conocido por la doctrina del Supremo para el cumplimiento de las penas que fue anulada por Estrasburgo, invocaba su arraigo familiar en Francia para obtener el traslado

Henri Parot, durante el juicio celebrado en enero de 2007 por el que fue condenado a once años de prisión por reintegrarse en ETA desde prisión
Henri Parot, durante el juicio celebrado en enero de 2007 por el que fue condenado a once años de prisión por reintegrarse en ETA desde prisiónlarazon

La Audiencia Nacional ha rechazado trasladar al preso etarra Henri Parot a una cárcel francesa al entender que iría en contra de su resocialización ya que no se ha desvinculado de ETA

La Audiencia Nacional ha rechazado trasladar al preso etarra Henri Parot a una cárcel francesa al entender que iría en contra de su resocialización ya que no se ha desvinculado de ETA, su arraigo en aquel país se ha difuminado y también por haber sido condenado por "gravísimos"delitos de sangre.

En un auto, la Sección Primera de la Audiencia Nacional desestima el recurso de apelación presentado por Parot contra el auto del Juzgado Central de Vigilancia Penitenciaria que rechazó su traslado a Francia al defender que ETA mantiene allí infraestructura y al no haberse desvinculado de la banda terrorista.

Este juzgado utilizó esos mismos argumentos para impedir los traslados de otros dos etarras -Aratz Gómez Larrañaga y Arkaitz Sáez Arrieta-, que también lo solicitaron apoyándose como Parot en la normativa europea que permite cumplir las penas en cualquier país de la Unión Europea.

Sin embargo, la Audiencia Nacional ha revocado el auto contra estos dos etarras y les autoriza a cumplir su condena en Francia al considerar que carecen de arraigo en España, que no han sido condenados por delitos de sangre y que no son dirigentes de ETA.

Parot, miembro del comando itinerante de ETA que operó en los años ochenta y que es conocido por la doctrina del Supremo para el cumplimiento de las penas que fue anulada por el Tribunal de Estrasburgo, invocaba su arraigo familiar en Francia para obtener el traslado.

En su resolución, los jueces explican que el principal argumento para aplicar la transmisión de condena es el de garantizar la posible "resocialización"del preso, que no puede limitarse a tener mayores o menores vínculos familiares.

Aplicado al caso de Henri Parot, la Sala entiende que debe denegarse su traslado a Francia, puesto su arraigo con Francia está "difuminado" y por las relaciones familiares y personales que ha ido adquiriendo en el norte de España.

Pero sobre todo deniegan su traslado al recordar que está condenado por graves delitos de terrorismo con múltiples muertos, que cumpliendo pena volvió a reincidir, lo que le supuso una nueva condena por integración, y que no extingue la condena hasta 2030.

Además, Parot no ha manifestado voluntad alguna de reincorporarse a la sociedad civil respetando el ordenamiento jurídico y la no utilización de la violencia como instrumento para imponer su voluntad, al tiempo que no consta que se haya desligado de ETA que, si bien ha declarado el cese definitivo de la violencia, no se ha disuelto.

De esta forma los magistrados rechazan que la transmisión de su condena a Francia vaya a influir "positivamente"en su "resocialización".

Esta decisión cuenta con el voto discrepante del magistrado Ramón Sáez, quien entiende que se debió estimar el recurso de Parot pues la transmisión de la condena y el traslado del recluso a Francia, el Estado de su nacionalidad, donde vivía antes de ingresar en prisión y donde habita su familia "contribuirá a alcanzar el objetivo de facilitar la reinserción social del penado".

Efe