Política

Tribunal Constitucional

La Generalitat reconoce al TSJC que la red informática del 9-N le costó 698.685 euros

La factura se emitió seis días antes del referéndum ilegal y a sólo unas horas de que el TC «tumbara» la consulta alternativa

Factura que emitió la Generalitat seis días antes del referéndum ilegal para gastos informáticos
Factura que emitió la Generalitat seis días antes del referéndum ilegal para gastos informáticoslarazon

La Generalitat gastó 698.685,15 euros en la infraestructura informática de la consulta soberanista del 9-N. Así consta en la documentación remitida por el Centre de Telecomunicacions i Tecnologies de la Informació (CTTI) del Gobierno autonómico al Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC), que investiga por desobediencia al president Artur Mas, a la ex vicepresidenta Joana Ortega y a la consejera de Educación Irene Rigau para esclarecer si la Generalitat siguió adelante con la organización del referéndum después de que el Tribunal Constitucional (TC) lo declarase ilegal. El CTTI emitió la factura seis días antes del referéndum y sólo tres después de recibir el encargo de la Generalitat por 1,2 millones de euros.

El instructor de la causa, el magistrado Joan Manuel Abril, reclamó al CTTI esa información el pasado 17 de junio, para intentar precisar cuál fue el papel del Ejecutivo de Mas en la puesta en marcha de la consulta soberanista. El director del organismo, Jordi Escalé, ha informado al juez de que recibió el «encargo» del Departamento de Gobernación y Relaciones Institucionales de la Generalitat por un importe de 1.201.000 euros. Según consta en la documentación aportada al TSJC por el propio Centre de Telecomunicacions i Tecnologies de la Informació, la conselleria le encomendó ese cometido el 31 de octubre de 2014, con cargo al presupuesto de ese mismo ejercicio, para la «prestación de soluciones de tecnologías de la información y comunicaciones» en relación al 9-N.

Por esas mismas fechas, hacía casi un mes (lo hizo el 29 de septiembre) que el Tribunal Constitucional había suspendido de forma cautelar, por unanimidad, el referendo independentista, tras admitir a trámite los recursos de inconstitucionalidad presentados por el Gobierno contra la ley catalana de consultas y el decreto de convocatoria.

El mismo día en que el Ejecutivo de Mas consigna esos 1,2 millones de euros para el sostén informático del 9-N, el Consejo de Ministros acordó impugnar ante el TC la consulta alternativa con la que el president pretendía sortear la suspensión cautelar del Constitucional.

La gestión del CTTI es fugaz, pero nada desdeñable económicamente, pues sólo tres días después, el 3 de noviembre del pasado año, factura a la Generalitat esos 698.685 euros (a pagar antes de un mes) por el «soporte al proceso de participación», sin mayores especificaciones técnicas. Un día después, el responsable del centro remite una carta al secretario general del Departamento de Gobernación en la que le informa de que «una vez efectuado el informe de liquidación de los trabajos efectivamente realizados», la cantidad presupuestada se reduce en 502.314 euros.

Ese mismo 4 de noviembre, el Tribunal Constitucional suspende también cautelarmente, por unanimidad, la consulta alternativa convocada por la Generalitat, lo que fuerza a Mas a dejar la organización el referéndum (formalmente o no, eso es lo que trata precisamente de esclarecer el TSJ de Cataluña) en manos de las organizaciones civiles proconsulta.

A petición del juez

El instructor de la querella presentada por Manos Limpias reclamó al CTTI, a instancias de la Fiscalía, que le remitiese «todo acuerdo o encargo firmado por su organismo en relación con la votación prevista para el 9 de noviembre de 2014, para la gestión informática de la misma y recuento de sus resultados», así como «toda instrucción, orden interna, circular, protocolo técnico o documento de cualquier tipo referido a la ejecución de tal encomienda».

Del mismo modo, el magistrado solicitó al Centre de Telecomunicacions i Tecnologies de la Informació que identificase al responsable técnico que asumió «la coordinación o dirección de dichos trabajos y la resolución de incidencias informáticas que pudieran haber surgido».

El responsable del CTTI confirmó al juez por escrito el pasado 17 de julio que él, como director gerente del organismo, fue quien asumió esas funciones y le precisó que el centro que dirige «es una entidad de derecho público con personalidad jurídica propia que ajusta su actividad, principalmente, al ordenamiento jurídico privado».

Entre otras tareas, explicó, el centro tiene atribuida la «planificación técnica y establecimiento de las directrices de gestión y explotación de los servicios y sistemas de telecomunicaciones que corresponden a la Generalitat».

Piden protección para la directora que se negó a ceder su instituto

El instructor de la causa ha preguntado a los inspectores de la Conselleria de Educación Jesús Rul y Rafael Alsina –que advirtieron a varios directores de instituto de que no podían ceder los centros para las votaciones del 9-N– si precisan de alguna medida de protección, como reclamó Manos Limpias, por haber sufrido represalias a consecuencia de su actuación. La acusación popular, impulsora de la querella, ha reclamado además idéntica medida para Dolores Agenjo, directora del instituto Pedraforca de Hospitalet de Llobregat (Barcelona), que se negó a entregar las llaves del centro a la conselleria para la consulta.