Islas Baleares

La imposición del catalán a los médicos de Baleares puede dejar a Ibiza sin la única neuropediatra

El Gobierno balear presidido por el PSOE ha impuesto acreditar el conocimiento del catalán para trabajar en el sistema público de salud

Imagn del hospital de Can Misses, en Ibiza.
Imagn del hospital de Can Misses, en Ibiza.larazon

El Gobierno de Baleares, gobernado por el PSOE, aprobaba un decreto por el que se exige el conocimiento del catalán para poder ejercer como médico en el sistema sanitario público,

El pasado viernes 17 de noviembre el Gobierno de las Islas Baleares, gobernado por el PSOE, aprobaba un decreto por el que se exige el conocimiento del catalán para poder ejercer como médico en el sistema sanitario público balear, a pesar de que la medida ha contado con el rechazo de los principales sindicatos, incluido el Sindicato Médico de Baleares (Simebal) y el Sindicato de Enfermería (Satse). Ahora tiene que pasar por el Consell Consultiu, aunque el informe de este organismo no será vinculante.

De hecho, la asesoría jurídica de Simebal interpondrá, en su momento, un recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia. Entre otras cosas, este sindicato “se reafirma en la posición que siempre ha sostenido: la acreditación del conocimiento de la lengua catalana debe ser siempre un mérito valorable y nunca un requisito sine qua non para el acceso a los puestos de personal facultativo sanitario asistencial” e insiste en que “el proyecto no prima el derecho constitucional a la protección de la salud, que puede verse afectado por la desincentivación que comporta el proyecto para muchos profesionales de otras áreas lingüísticas, lo que conllevará dificultades para cubrir puestos”.

En algunos casos, ya se dan circunstancia como el hecho de que en un concurso para cubrir ocho plazos ninguno de los 11 candidatos cumple con el requisito del catalán. Según informa el periódico de Ibiza, “Jorge Tera, secretario general del Sindicato de Enfermería de Balears, advierte de que «a medio plazo esta situación puede afectar más en Ibiza por el problema añadido de la carestía de la vida». Tera aseguró que si el decreto sigue adelante «supondrá la exclusión de miles de profesionales; a las oposiciones no se podrán presentar si no tienen el B2».

Además, pueden llegar a darse situaciones como el hecho de que la única neuropediatra del hospital de Ibiza se vea obligada a marcharse al no tener el título de catalán. Se trata de Ileana Antón, argentina, que lleva cuatro años en la isla y que, aunque entiende y habla el idioma, carece del título que lo acredita, por lo que, según dice ella misma, “soy interina y la única neuropediatra que hay en Ibiza. Va a haber oposiciones y sin catalán no puedo presentarme al examen”.

“¿Tú crees que a los padres que tienen un hijo que sufre epilepsia, parálisis cerebral o una enfermedad degenerativa les importa si yo hablo catalán o no? La respuesta claramente es ‘no’”, dice en declaraciones al Periódico de Ibiza.

Según Simebal, “la obligación de los candidatos de acreditar los conocimientos lingüísticos mediante determinados certificados, subordinando la admisión a los procedimientos de cobertura de puestos, resulta incompatible con el artículo 48 del Tratado de la Unión, supone un claro obstáculo a la libre circulación de profesionales y una discriminación indirecta por razón de nacionalidad”. Además, aseguran que “la igualdad de oportunidades y la libre circulación de los profesionales en el conjunto del Sistema Nacional de Salud es uno de los principios básicos que proclama la Ley de Cohesión y Calidad del SNS, en sintonía con uno de los principios básicos de ordenación del régimen estatutario que recoge la Ley del Estatuto Marco en su artículo 4 d). Resulta incontrovertible que la exigencia de aportación de uno de los certificados admitidos restringe, limita y recorta ese principio, o al menos es susceptible de hacerlo. Resulta también contrario al artículo 139.2 de la Constitución, que establece que ninguna autoridad podrá adoptar medidas que directa o indirectamente obstaculicen la libertad de circulación y establecimiento de las personas”.