Ciudadanos

La «inelegibilidad» de Cs para echar a Rajoy no se aplica en Europa

Rivera registra hoy su limitación de mandatos en el Congreso y advierte de que buscará apoyos en otros partidos si el PP no cumple.

Rajoy no ha aclarado si repetirá como candidato en la próximas elecciones
Rajoy no ha aclarado si repetirá como candidato en la próximas eleccioneslarazon

Rivera registra hoy su limitación de mandatos en el Congreso y advierte de que buscará apoyos en otros partidos si el PP no cumple.

Ciudadanos presenta hoy su propuesta de limitación de mandatos con la que pone fecha a la salida de Mariano Rajoy de La Moncloa. Fue uno de los seis puntos del pacto de investidura que los naranjas impusieron al líder de PP para darle el «sí» de investidura. En el texto de las 150 medidas pactadas, en el punto 96 quedó recogida su exigencia: «Establecer el compromiso de que, quien haya ostentado durante ocho años consecutivos el cargo de Presidente del Gobierno, no opte a la reelección» y subrayaba que se iban a «procurar» las fórmulas precisas para regular este compromiso. La formación naranja apuesta por añadir «una pequeña inelegibilidad» consistente en que una persona no pueda ejercer la Presidencia del Ejecutivo durante dos mandatos u ocho años, «al menos consecutivos» y no mediante reforma constitucional como aboga el Gobierno. Los populares consideran que esta medida no afectaría a Rajoy ya que, de aprobarse, la ley entraría en vigor desde el momento de su aprobación y por tanto no tendría efecto retroactivo. El secretario general de Ciudadanos, José Manuel Villegas, admitió a principios de año que de aprobarse la medida, ésta no afectaría a Rajoy precisamente por no tener efecto retroactivo, pero es buen seguro de que tratarán de plantar batalla para convencer al resto de partidos como Podemos o PSOE para que apoyen su propuesta. Mientras Ciudadanos insiste con que la limitación de mandatos está «por encima» de las ganas de repetir del líder del Partido Popular.

La limitación de mandatos de los presidentes de Gobierno a ocho años no tiene precedente en Europa y solo se da en países presidencialistas o en la elección de presidentes de la república.

ALEMANIA

Tantos mandatos como quiera el electorado

Todo apunta a que Angela Merkel opte a un cuarto mandato. No tendría porqué ser el último. Podrían ser tantos como quisiera el electorado alemán o estuviera dispuesta la canciller. Así lo dictamina la Constitución alemana que no establece límites a la duración del mandato por lo que el canciller federal, que es elegido cada cuatro años, puede presentarse a la reelección de forma indefinida. Que en Alemania un canciller, como Helmut Kohl y –tal y como indican los sondeos– como Angela Merkel llegue a estar 16 años en el mando es una excepción dentro de Europa. Sin embargo, el presidente alemán tiene una limitación de dos mandatos de cinco años cada uno. Una circunstancia que, según el politólogo germano Frank Decker, no conlleva ninguna carencia democrática. «En los sistemas de gobierno parlamentarios el sistema se regula por sí mismo, por lo que no se necesitan restricciones temporales a los mandatarios», opina el experto. De hecho, en cualquier momento, el canciller puede ser derrocado por medio del llamado «voto de confianza» del Parlamento. Así, según los artículos 67 y 68 de la Constitución alemana, el canciller federal puede cesar en sus funciones con una moción de censura que debe plantear el Bundestag, si elige por mayoría de sus miembros a un sucesor.

FRANCIA

Límite de dos quinquenios «presidenciales»

En Francia existe una limitación de dos mandatos para el presidente de la República debido al enorme poder que esta figura concentra en un modelo presidencialista donde los ciudadanos eligen por sufragio directo al jefe de Estado. En este sentido, existe un paralelismo claro con el modelo estadounidense, con dos mandatos máximos, pero en el caso francés el mandato es de cinco años, los quinquenios presidenciales, con lo cual El Elíseo puede ser ocupado como máximo 10 años por un mismo inquilino después de que se modificase el artículo 6 de la Constitución que regula el mandatos presidencial y se limitara a esos dos mandatos de tope en el año 2008. El cambio de siglo trajo además otra modificación de este artículo. Durante el inicio de la V República francesa, los presidentes tenían mandatos de siete años. A partir del año 2000, los mandatos pasan a tener periodos de lustros. La Carta Magna gala estima además que si un presidente interrumpe su mandato por cualquier razón (incapacidad, enfermedad, muerte, destitución...), el nuevo presidente dispondrá de un nuevo periodo completo de cinco años.

BÉLGICA

Gobierno federal con récord en desgobierno: 571 días

Bélgica es una monarquía parlamentaria. Tras la Segunda Guerra Mundial, las diferentes reformas han convertido un Estado inicialmente unitario en federal, con un gobierno central que ostenta cada vez menos competencias. El jefe del Estado, como en todas las monarquías, no está costreñido por ninguna limitación de mandatos. El actual Rey Felipe sucedió a su padre en 2013 después de que éste último decidiera abdicar.

En Bélgica, el gobierno federal debe mantener la confianza de la Cámara de Representantes. Debido a la descentralización administrativa del país, son necesarias amplias coaliciones de gobierno con presencia tanto de partidos flamencos como de valones (no hay fuerzas políticas con implantación nacional). No existe limitación de mandatos en el caso del primer ministro y, debido a la complejidad del sistema, son habituales las crisis de gobierno ante la incapacidad de los partidos políticos para ponerse de acuerdo. En el año 2010, Bélgica batió un record mundial al permanecer 541 días sin ejecutivo.

EE UU

Sistema presidencialista: dos mandatos máximo

En EE UU la presidencia está limitada a un máximo de dos mandatos. Cuatro años en total. Así lo consagra la Vigésimo Segunda Enmienda de la Constitución, aprobada en 1947 y ratificada en 1951. «Ninguna persona será elegida para el cargo de presidente más de dos veces», reza. También añade, pensando en los vicepresidentes que, por cuestiones de fuerza mayor, sustituyan al presidente, que no podrán cumplir más diez años: dos o menos en sustitución del presidente y otros 8 tras ganar las correspondientes elecciones. Si su interinidad rebasa los dos años citados sólo podrán presentarse a un ciclo electoral. La Vigésimo Segunda Enmienda fue redactada tras el fallecimiento de Franklin Delano Roosevelt, primer presidente en cumplir durante cuatro mandatos.

Anteriormente había regido la tradición, nunca codificada, de que el presidente no ocupara el Despacho Oval más de ocho años. Una costumbre que inauguró George Washington, y que cumplieron todos sus sucesores. Si bien es cierto que tanto Ulysses S. Grant como Theodore Roosevelt trataron de revertirla. Pero fracasaron en su intento de repetir por tercera vez. Sólo FDR fue reelegido otras dos veces. Roosevelt justificó su extraordinaria decisión por el periodo de emergencia que atravesaba el mundo, inmerso en la II Guerra Mundial, y convencido de que solo él, veterano en la dirección del país durante la Gran Depresión, estaba capacitado para conducir la presidencia. Él fue, finalmente, el primero y el último.

REINO UNIDO

Thatcher ostentó once años consecutivos la presidencia

En Reino Unido, la figura del primer ministro no tiene limitación de mandato, aunque para poderse mantener en el poder, éste debe contar siempre con el apoyo del parlamento británico, que se renueva al menos cada cinco años, cuando se celebran elecciones generales.

Reino Unido se rige bajo un sistema político de monarquía parlamentaria y ocupa el puesto de primer ministro el líder del partido que logre mayoría en las elecciones generales.

Si no se convocan elecciones anticipadas y logra mantener el apoyo del partido conservador, Theresa May, actual primera ministra del Reino Unido, podrá permanecer en el cargo hasta el año 2022, fecha en la que se celebrarían los comicios, a los que la líder tory podría volver a presentarse.

Margaret Thatcher, ostenta el cargo de ser la primera ministra del Reino Unido que más tiempo ha estado en el puesto, exactamente 11 años consecutivos. La conocida como «la Dama de Hierro» nunca perdió unas elecciones y sólo dejo el poder cuando perdió el apoyo de su propio partido.

ITALIA

No es un problema urgente sus efímeros Ejecutivos

Como pasa en España, en Italia no hay límites de mandatos para los presidentes del Gobierno, aunque sí para los presidentes de la República Italiana, que pueden renovar su cargo sólo una vez, pasados los primeros 7 años. El único jefe de Estado italiano que sí ha cruzado la frontera hacia el segundo mandato, y con cierta polémica, ha sido Giorgio Napolitano en 2013 tras la falta de acuerdo en el Parlamento para un nuevo sucesor. Por otra parte, los numerosos ejecutivos italianos – 64 en más de 70 años– y su efímera duración, hace que éste no sea uno de los problemas más urgentes si se compara con la longevidad de los parlamentarios en las Cámaras. Tras los escándalos de corrupción de «Tangentópoli» en 1992; los alcaldes, los presidentes regionales e incluso los rectores de las universidades italianas tienen un número máximo de dos mandatos –uno en el caso de los dirigentes universitarios– para ejercer su cargo. El objetivo de estas limitaciones es evitar el conflicto de intereses en el seno del poder local y favorecer así el cambio político. La alternancia de poder es uno de los ejes fundamentales de las democracias occidentales, y en buena parte este concepto toma origen en la Roma Republicana, cuando los cónsules no podían durar más de un año en el cargo con el objetivo de impedir en el futuro la vuelta de un rey.

Con informaciones de R. Gómez M. Arroqui, M. Arcos, A. Pérez, y J. Valdeón.