Murcia

Pedro Antonio Sánchez, a juicio por fraude y prevaricación en el caso Auditorio

El juez decreta el sobreseimiento para otros 18 investigados

Pedro Antonio Sánchez, en una imagen de archivo
Pedro Antonio Sánchez, en una imagen de archivolarazon

El expresidente del Gobierno de Murcia será juzgado por un delito continuado de prevaricación y dos de fraude en la contratación y construcción del auditorio de Puerto Lumbreras (Murcia) en su etapa de alcalde de la población.

El Tribunal Superior de Justicia de Murcia ve indicios de prevaricación continuada, fraude en la obtención de subvenciones y prevaricación o fraude contra la Administración en la actuación del ex presidente murciano Pedro Antonio Sánchez en el «caso Auditorio» cuando era alcalde de Puerto Lumbreras (Murcia).

En una resolución en la que acuerda la continuación de la instrucción por el trámite del procedimiento abreviado (equivalente al procesamiento), el magistrado Julián Pérez Templado circunscribe la actuación supuestamente delictiva en la contratación del arquitecto del proyecto, Martín Lejárraga, en la obtención de una subvención para llevarlo a cabo de manera «falsaria» y en las modificaciones del contrato original por parte de Sánchez, Lejárraga y el constructor Vicente Gimeno «para salvar sus responsabilidades». El instructor también procesa a estos dos últimos como cooperadores necesarios del delito de prevaricación, pero acuerda el sobreseimiento de las actuaciones respecto a otros 18 investigados, antiguos empleados municipales que participaron en la contratación bajo sospecha. La resolución puede recurrirse, pero una vez sea firme el magistrado acuerda que se otorgue un plazo de diez días a la Fiscalía y al resto de acusaciones para que pidan la apertura de juicio oral o el archivo del procedimiento.

Pérez Templado admite que los seis millones de euros del proyecto «están incluidos» en la obra. El dinero, asegura, «estará mejor o peor –sin duda peor– invertido, pero lo está». Sin embargo, recuerda, el auditorio no se terminó y ahí reside, subraya, «la esencia de la prevaricación». «El resultado es injusto –argumenta el instructor– pues si se hubiera terminado el auditorio estaríamos ante ese tipo tan frecuente de irregularidades administrativas sin trascendencia delictiva». Pero, añade, «el problema penal es que no se termina y además se hacen determinadas maniobras» para intentar «justificar lo injustificable».

El entonces alcalde, mantiene el magistrado del TSJ, no tenía autorización de la comunidad autónoma (que le otorgó la subvención para el proyecto) «ni para cambiar el emplazamiento ni para hacer una serie de construcciones no previstas», dejando el auditorio «a medias». «No tiene empacho alguno –se queja en referencia a Sánchez– en su declaración en afirmar que no se terminó porque se acabó el dinero». Había dinero, esos seis millones, «para hacer el auditorio, pero no cuantas cosas más se le ocurrieran al alcalde, por cierto todas terminadas menos el auditorio», hace hincapié el instructor.

Pérez Templado advierte «un hecho con suficiente entidad penal»: «Al alcalde le dan seis millones de euros de dinero público para construir un auditorio y menos cumplir esta finalidad hace lo que le place, con grave daño a todos los españoles que de una y otra forma venimos años pagando estos desvaríos». Con ese comportamiento, defiende, cometió un delito de fraude de subvenciones.

La tercera actuación supuestamente delictiva, un nuevo delito de prevaricación o de fraude a la Administración –que imputa a Sánchez, al arquitecto y al constructor– se corresponde con el «extravagante, injustificado y arbitrario modificado del proyecto inicial» que buscaba, denuncia el juez, «la fraudulenta regularización, contra los intereses públicos, del desfase presupuestario derivado de la arbitraria alteración inicial del proyecto objeto de la subvención».

Por contra, el magistrado no ve rastro de ilícito alguno «en la contratación y adjudicación de la obra a Ecisa, que se hizo con luz y taquígrafos», ni en las certificaciones, todas «invertidas en la obra». Tampoco aprecia indicios de delito en la recepción de la obra por el Ayuntamiento de Puerto Lumbreras, pues se limitó a certificar que el dinero se había invertido «en el modificado, y así es o así lo parece». Igualmente, no ve responsabilidad penal «ni en el estudio de seguridad y salud, que aun a destiempo lo cierto es que se hizo» ni en la percepción de una subvención del Centro de Arte Joven, «que a la postre se desestimó».