El desafío independentista

Un juez que apoyó el 9-N investiga el carnaval de Solsona por incitar a «matar españoles»

Pide a los Mossos que identifiquen a los autores del cartel

El rey del carnaval de Solsona simulaba tirotear a soldados españoles
El rey del carnaval de Solsona simulaba tirotear a soldados españoleslarazon

Un magistrado de Solsona que respaldó la consulta soberanista del 9-N ha abierto diligencias para investigar por un delito de incitación al odio el carnaval de la localidad leridana del pasado 14 de febrero, que se anunció en Twitter con un cartel que mostraba a una joven con una pistola junto a la leyenda: «Carnaval fascista y paramilitar. Ven a matar españoles en un ambiente festivo, pacífico y familiar».

En un auto al que ha tenido acceso LA RAZÓN, el titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción de Solsona, Joan Cardona –ante el que Manos Limpias denunció los hechos–, reclama a la Unidad de Delitos Informáticos de los Mossos d’ Esquadra que averigüen «el origen primero del cartel que ha aparecido en las redes sociales y la identidad de la persona o personas que lo hicieron aparecer por primera vez» en la citada red social.

Además, pide a la Asociación de Fiestas del Carnaval de Solsona –que se desmarcó del cartel y de cualquier ánimo de ofender a cualquier colectivo– para que aporte al juzgado el programa y el cartel oficial del Carnaval 2015.

Según el instructor, los hechos presentan indicios –tal y como defiende la Fiscalía– de ser constitutivos de un delito de incitación al odio del artículo 510,1 del Código Penal, castigado con una pena de uno a tres años de prisión.

Pero, en su resolución, el juez Cardona revela que el 23 de septiembre del pasado año se adhirió al «Manifiesto de jueces por el Derecho a Decidir», denunciado precisamente por Manos Limpias ante el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) –«adhesión que no se ha hecho pública», puntualiza–, un hecho que según él no le obliga a abstenerse de instruir la causa.

Entre los 33 firmantes del polémico manifiesto figuraba –recuerda el magistrado– el juez Santiago Vidal, suspendido durante tres años por el Consejo del Poder Judicial el pasado 25 de febrero por una falta disciplinaria muy grave por participar en la elaboración de una «Constitución» catalana. El CGPJ archivó finalmente la denuncia del colectivo de funcionarios contra los 33 jueces que alumbraron el manifiesto a favor del derecho a decidir al amparar su actuación en los derechos a la libertad de expresión y de opinión.

Sin embargo, el juez Cardona admite que el hecho de que en ese caso fuese Manos Limpias la asociación denunciante «puede dar lugar a que una futura y eventual publicación de mi adhesión a aquel manifiesto pueda llevar a las partes a pensar que mi imparcialidad quedaba afectada para la instrucción».

No procede la abstención

Por este motivo, el magistrado ha decidido comunicar este hecho a las partes personadas en el procedimiento «por si consideran adecuado a su derecho instar mi recusación». Fuentes del sindicato Manos Limpias, no obstante, se mostraron contrarias a instar su abstención. Cardona recuerda que la Ley Orgánica del Poder Judicial prevé como falta disciplinaria el incumplimiento del deber de abstención, «pero también la abstención injustificada». Y en este caso, concluye al respecto, «abstenerme no resulta justificado legalmente».

Durante el polémico acto, el rey del carnaval desfiló envuelto en una bandera independentista mientras simulaba disparar contra supuestos soldados (algunos de ellos ataviados con una bandera española) mientras una voz en «off» aludía a la derrota de 1714 a manos de las tropas borbónicas. La asociación de fiestas se defendió asegurando que la representación fue «absolutamente ficticia, grotesca, satírica y burlesca». Manos Limpias denunció el cartel «xenófobo» del carnaval ante la Fiscalía y el juzgado del municipio por estar «lleno de odio y violencia».

Delito de incitación al odio

- Tres años de cárcel

El artículo 510,1 del Código Penal al que hace referencia el juez de Solsona en su resolución castiga con la pena de uno a tres años de prisión y una multa de seis a doce meses a los que «provocaren a la discriminación, al odio o a la violencia contra grupos o asociaciones, por motivos racistas, antisemitas u otros referentes a la ideología, religión o creencias, situación familiar, la pertenencia de sus miembros a una etnia o raza, su origen nacional, su sexo, orientación sexual, enfermedad o minusvalía».