Izquierda abertzale

«La crítica a la Monarquía sin menosprecio la engrandece»

El fiscal pide el archivo provisional de la querella por la parodia contra el Rey en Alsasua

«La crítica a la Monarquía sin menosprecio la engrandece»
«La crítica a la Monarquía sin menosprecio la engrandece»larazon

MADRID-La parodia contra el Rey que se escenificó en el municipio navarro de Alsasua, gobernado por Bildu, el 3 de septiembre de pasado año, fue una actuación por los participantes «a veces grosera y falta de buen gusto», puesto que lo que pretendían era «ironizar sobre la función del Jefe del Estado como Jefe Supremo de las Fuerzas Armadas, pero ningún momento llegan a cruzar el límite» de la libertad de expresión. Éste es uno de los motivos que esgrime la Fiscalía de la Audiencia Nacional para solicitar el sobreseimiento provisional de la querella de la Asociación de Víctimas del Terrorismo por entender que estos hechos constituyen un delito contra la Corona. En esta causa han declarado como imputados, entre otros, la alcaldesa de Alsasua, que llegó a equiparar estos hechos con cualquier «teatro callejero».

Para el Ministerio Público, a cuyo escrito íntegro ha tenido acceso LA RAZÓN, la institución de la Monarquía en un Estado constitucional como es España «no se ve en entredicho porque un grupo más o menos amplio de personas realice una actuación parodia sobre una de sus funciones, dado que la Monarquía, como forma de Estado, se define y articula como un poder moderador, ajeno al debate político concreto, que aúna los diversos mensajes que se dan en una sociedad plural y abierta, que admite en su seno la diversidad política e incluso la que pone en cuestión su propia legitimidad o pervivencia».

«Un plus de sorna o broma»
Por eso, el hecho de que en esa parodia aparezca la burda réplica del Rey pasando revista «a las tropas», que llevan «estrambóticos ropajes y simbologías que no son las constitucionales, añaden un plus de sorna o broma que no son de buen gusto, pero que tampoco sobrepasan los límites de lo penalmente admisible».

Posteriormente, la Fiscalía realiza un minucioso análisis de la libertad de expresión, tanto de los tribunales españoles como del Tribunal Europeo de Derechos Humanos. Tras esa detallada exposición se concluye que lo ocurrido en Alsasua está amparado por ese derecho constitucional.

«Podrá discreparse de alguna de las expresiones proferidas en la actuación realizada ese día en Alsasua, pero no pueden ser objeto de una calificación ajena al espíritu y finalidad definitiva que guiaba tales representaciones públicas. Y éstas, valorándolas en su integridad, independientemente de algunas de las expresiones, no es otra que la de poner en tela de juicio, siempre bajo la perspectiva del humor, una concreta práctica y las condiciones en que pueda materializarse. Más reseñable si se quiere cuando afecta a la más alta institución del Estado».

Así, añade el fiscal, la grandeza del Estado de Derecho se observa claramente en supuestos como el ocurrido en Alsasua, donde se ve cómo el derecho a la libertad de expresión «se asienta como pilar básico de toda convivencia y donde incluso, aunque parezca una contradicción, hace lo propio con la institución monárquica al observarla y percibirla como susceptible de crítica». Critica que, añade el fiscal, «siempre que no tenga una voluntad exclusiva de menosprecio, ajena a un análisis serio, la engrandece haciéndola más cercana a la sociedad. Sociedad que, al objeto de favorecer su crecimiento democrático constante, debe permanecer abierta y receptiva tanto a la crítica, como a la autocrítica».

Estrasburgo y la sentencia de Otegi
Junto a ello, esgrime los argumentos del Tribunal Europeo de Derechos Humanos en la sentencia que obligó a España a indemnizar a Otegi, al considerar que vulneró su derecho a a la libertad de expresión por su condena tras llamarle al Rey «jefe de los torturadores». En esa sentencia, Estrasburgo estableció que los límites de la crítica, tanto política como social, de los representantes políticos así como de las diversas instituciones del Estado son más amplios que los que se tienen en cuenta cuando las mismas, es decir, las críticas, van dirigidas a un particular.

La Fiscalía concluye que ese criterio es lógico y que la «sacralización» de las personas e instituciones «es contraria al espíritu de un Estado democrático». Así, pide que se sobresea la causa, algo que debe decidir el juez Pedraz.


Criterios de la Fiscalía
- Fue una parodia
«Nos encontramos con que la actuación realizada por los denunciados se nutre del concepto de "parodia"en el más extenso sentido de la palabra», con una actuación «a veces grosera»
- Libertad de expresión «En ningún momento llegan a cruzar el límite que la libertad de expresión concede y que incluiría su actividad en un delito contra la Corona»
- Crítica a la Monarquía «Siempre que no tenga una voluntad exclusiva de menosprecio, ajena a a un anális serio, la engrandece, haciéndola más cercana a la sociedad»
- «Sacralización»
«La sacralización de las personas e instituciones es contrario al espíritu de un Estado democrático»; la ausencia de espíritu crítico destruye «lo que pretende proteger»


LO QUE DICE LA LEY
«El que calumniare o injuriare al Rey o a cualquiera de sus ascendientes o descendientes, a la Reina consorte o al consorte de la Reina, al Regente o a algún miembro de la Regencia, o al Príncipe heredero de la Corona, (...) será castigado con la pena de prisión de seis meses a dos años si la calumnia o injuria fueran graves, y con la multa de seis a doce meses si no lo son».
Art. 490.3 del Código Penal


LA IMAGEN
La falta de respeto por la Monarquía ha vivido en los últimos meses episodios tan poco edificantes como el de la pantomima de Alsasua. Pero no se ha quedado ahí, pues en la final de la Copa del Rey se han vivido pitidos contra Don Juan Carlos, cuya imagen ha ardido también en no pocas ocasiones