Amnistía fiscal

La Fiscalía se opone a la publicación de las sentencias de condenados por delitos fiscales

Consuelo Madrigal, fiscal general del Estado
Consuelo Madrigal, fiscal general del Estadolarazon

La publicación de las sentencias condenatorias por delitos fiscales o contra la Hacienda Pública puede antentar contra los derechos al honor, intimidad y rehabilitación, a la vez que existen serias dudas de que puedan haber razones de “relevancia pública” para adoptar esa medida. Esta son las principales conclusiones a las que ha llegado el Consejo Fiscal -órgano representativo de la Carrera-, presidido por la fiscal general del Estado, Consuelo Madrigal, en su informe al Anteproyecto de Ley Orgánica por la que se regula el acceso a la información contenida en las sentencias en materia fiscal, elaborado por el Ministerio de Hacienda, del que es titular Cristóbal Montoro.

En esta línea, la Fiscalía sostiene que con la publicación de esas sentencias «el objetivo de rehabilitación podría verse seriamente menoscabado si la información sobre las condenas penales fuera ampliamente disponible y pública, y esta es la razón por la que el Registro Central de Penados fue declarado como un Registro no público, especialmente a partir de 1983, en base fundamentalmente de un interés en proteger el honor y la intimidad de las personas».

Junto a ello, uno de las aspectos más “trascendentales” es que esa medida se acuerde para unos pocos delitos y no para otros respecto de los cuales si pudieran concurrir los requisitos de interés públicos y necesidad, normalmente asociados a la mayor respuesta punitiva, «como pueden ser, por ejemplo, los delitos contra la vida, integridad física, libertad sexual o contra la Administración Pública». Por ello, el Consejo Fiscal considera que podría considerarse la posibilidad de regular la forma de acceso de acceso público al contenido de las sentencias penales,« pero valorando la gravedad de los hechos delictivos a los que se refieran aquellas».

Y es que, para el Ministerio Público, la publicación de estas sentencias constituyen, en el fondo, una pena, por lo que, si se considera “adecuado” una medida como la propuesta, «con mayor motivo debería aplicarse a otros delitos cuya gravedad, atendida la pena imponible y el bien jurídico protegido, es muy superior”. Por todo ello, la Fiscalía concluye que para una reforma como la que pretende Hacienda debería hacerse antes una reflexión “global” sobre todos los tipos penales, «delimitando las sentencias que deben ser objeto de publicación oconocimiento público, los datos de las mismas que deben ser conocidos y las forma de acceso a su conocimiento, en función de la gravedad de los delitos que hayan sido juzgados.