Marbella

El juez deniega el tercer grado a Julián Muñoz

El exalcalde de Marbella, que muestra un aspecto muy deteriorado, se queda a un paso de la libertad condicional después de que el juez haya estimado que su enfermedad no es terminal.

Julián Muñoz acompañado de su hija Elia
Julián Muñoz acompañado de su hija Elialarazon

El exalcalde de Marbella, que muestra un aspecto muy deteriorado, se queda a un paso de la libertad condicional después de que el juez haya estimado que su enfermedad no es terminal.

Desde que Julián Muñoz entrara en la cárcel por segunda vez en 2013, se ha podido percibir el rápido deterioro físico que el exalcalde de Marbella ha sufrido en prisión por culpa de su enfermedad. Pero gracias a la misma, ha podido disfrutar del permiso de semilibertad o tercer grado. Hoy, ha salido de la prisión de Alhaurín de la Torre para disfrutar de su segundo permiso. Deberá regresar el lunes tal y como especifica el auto del Juzgado de Vigilancia Penintenciaria.

Pero cuando parecía que la enfermedad de Muñoz le iba a abrir las puertas a la libertad para poder disfrutar de sus últimos años de vida, el exregidor ha tenido que enfrentarse a la decisión del juez que le deniega el derecho de libertad condicional. «No comparto la resolución porque creo que no se han tenido en cuenta los requisitos de la libertad condicional y que Julián Muñoz los cumple todos. Si se dan los requisitos, el juez no tiene margen para decidir si le parece o no adecuado darle la libertad» ha explicado Antonio José García, abogado del excalde, quien no comparte la resolución tramitada por el juzgado de Vigilancia número 3 de Andalucía en la que se deniega el permiso de libertad condicional a su cliente. Por ello, esta semana recurrirá el auto. Además, García también ha criticado el estudio parcial que el juez ha llevado a cabo sobre la salud del acusado que, basado en un informe médico del centro penitenciario que le daba una esperanza de vida de cinco a diez años, es contradictorio a todos los informes anteriores en los que los resultados eran mucho más alarmantes dándole sólo de uno a cinco.

A pesar de que Antonio José García ha confirmado que, además de interponer un recurso para la concesión de la libertad condicional, también va a pedir que el régimen de semilibertad del que goza «sea más amplio y no sólo sea los fines de semana», no ha servido de nada. El Juzgado de Vigilancia Penitenciaria número 3 de Andalucía, ha acordado denegar la concesión de la libertad condicional a Julián Muñoz al considerar que ello supondría vulnerar el equilibrio constitucional entre el más absoluto respeto a la dignidad intrínseca que toda persona debe de poseer y el deber del cumplimiento de las penas impuestas. Aún así, dicha denegación, notificada este viernes a las partes, no es firme.

Explicaciones previas

En dicha resolución, el juez de Vigilancia explica que los informes médicos remitidos consideran que el interno no padece una enfermedad terminal sino que, por el contrario, se trata de una enfermedad grave e incurable. En el auto, se sostiene que «dicha progresión a un régimen de semilibertad en un centro abierto ha de considerarse como el paso prudencial previo en este caso a una posible libertad condicional si efectivamente existieran razones para ello una vez observada la posible evolución del interno en dicho régimen de vida». Y añade: «Se trata en definitiva de que el tercer grado otorgado por este Juzgado y por la Audiencia puede llegar a permitir, si así se acordara y atendiendo a las circunstancias particulares del caso, una modalidad de vida prácticamente equiparable a la que pudiera obtenerse con la libertad condicional. Aunque, al contrario que en el caso de otorgarse la libertad condicional automáticamente, permite continuar valorando prudencialmente la evolución tanto de salud como tratamental del interno en dicho grado».

Por su parte, el magistrado ha señalado que, este tipo de cumplimiento permitiría también valorar posibles decisiones futuras en materia de clasificación penitenciaria, tanto hacia la libertad condicional como a una posible regresión de grado si la evolución médica así lo determinara por haber una mejoría. Aunque el juez sigue sin compartir el carácter instrumental que la Junta de Tratamiento y la Fiscalía quieren darle al tercer grado concedido a Muñoz y señala: «Pretender defender que todos los casos en los que existe una progresión de grado fundamentada en el artículo 104.4 deben ser resueltos de manera automática y sin que se tenga en cuenta la particularidad, antecedentes e individualidad de cada uno de ellos supone dejar de lado una de las más elementales normas de derecho penitenciario que no es otra que la indiscutible necesidad de resolver atendiendo al caso concreto».