ERE

Anticorrupción critica la tesis de la jueza Núñez sobre las prescripciones

La Fiscalía no entiende que la división en piezas suponga el «vaciamiento de la causa matriz»

El ex director general de Empleo Francisco Javier Guerrero
El ex director general de Empleo Francisco Javier Guerrerolarazon

La Fiscalía Anticorrupción ha recurrido ante la Audiencia de Sevilla la decisión de la jueza María Núñez Bolaños, que investiga el «caso de los ERE», de archivar la pieza separada por las ayudas a Electrificaciones Roma contra el ex director general de Trabajo Francisco Javier Guerrero, al considerar prescritos los delitos que se le atribuían.

El Ministerio Público recurre el auto de 8 de noviembre por el que la magistrada confirmó su decisión de archivar esta pieza al considerar prescritos los delitos de prevaricación y malversación de caudales públicos que se atribuían a Guerrero. La jueza consideró prescritos estos hechos tras considerar que el procedimiento se ha dirigido contra el mismo a raíz del auto de incoación de la pieza, por la ayuda a Electrificaciones Roma de fecha 28 de marzo de 2016, habiendo transcurrido más de diez años desde la fecha de los hechos –convenio de 26 de marzo de 2003 y pago de 12 de mayo de 2003 por importe de 90.151,81 euros–.

Frente a ello, la Fiscalía dice en su recurso que «no puede compartir tal apreciación» al entender que la imputación de Guerrero, su declaración inicial y el auto de medidas cautelares realizados en la causa matriz «han interrumpido los plazos de prescripción» conforme al Código Penal. «De la lectura de los mismos se desprende como a Guerrero se le imputan todas las ayudas abonadas con cargo al programa 31L pagado por la agencia IFA/IDEA mediante el mecanismo de las transferencias de financiación», asevera Anticorrupción en este recurso fechado el día 10 de noviembre.

En este sentido, pone de manifiesto que la división de la causa en piezas separadas «ha sido la respuesta procesal exigida a la extensión y complejidad de los hechos, sin que la misma comporte un vaciamiento de la causa matriz ni la consideración de las ayudas de forma singular como unas previas totalmente desvinculadas de la causa matriz».

La Fiscalía confirma que la lectura de las resoluciones dictadas en la causa matriz, de los escritos presentados por el propio Ministerio Público y las periciales realizadas «evidencian de forma clara que el objeto» de la causa matriz «ha sido los pagos efectuados por IFA/IDEA con fondos movilizados desde la Consejería de Empleo a este ente instrumental mediante la figura de las transferencias de financiación de las partidas presupuestarias de los programas 22 E y 31L».

Todo ello, «siendo precisamente un indicio de su ilicitud la desviación de la finalidad prevista en el programa presupuestario a otras ajenas a la misma aprovechando la no existencia del procedimiento establecido, entre otras, la falta de fiscalización previa».

De otro lado, la Fiscalía ha recurrido la decisión de la jueza de otorgar un «salvoconducto» y «excluir» de la pieza separada por las ayudas a Azucareras Reunidas de Jaén, al ex viceconsejero de Empleo Agustín Barberá, tras aplicar el criterio marcado por la Audiencia de Sevilla, que ha dictaminado que sólo haya un juicio para los 22 ex altos cargos imputados en la «pieza política».