Andalucía

El SAS «discrimina» por tener permiso de paternidad

Los sanitarios que se benefician de este derecho «no encadenan nuevos contratos»

La presidenta de la Junta, Susana Díaz, ayer en la inauguración del nuevo centro de salud de La Algaba (Sevilla)
La presidenta de la Junta, Susana Díaz, ayer en la inauguración del nuevo centro de salud de La Algaba (Sevilla)larazon

El Sindicato Médico de Málaga (SMM) puso ayer en cuestión la política laboral del Servicio Andaluz de Salud (SAS) al denunciar la «discriminación» que están sufriendo los sanitarios temporales con permiso de paternidad o maternidad, puesto que «no se les está formalizando nuevos contratos». El sindicato alertó de que, con esta práctica, «se estaría incumpliendo reiteradamente el derecho laboral y la Constitución, además de defraudar a la Seguridad Social».

La central tiene conocimiento de «numerosos» casos en los que el SAS estaría actuando «ilegalmente», además de «inducir de forma indirecta a los trabajadores temporales a no tener hijos». De hecho, convertirse en padre «supondría no encadenar nuevos contratos de manera normal». También denuncia que los certificados virtuales de trabajo «no contemplan algunos derechos y cantidades económicas extra de salario que les pertenecen por ley».

Por ejemplo, un sanitario en esta situación estaría dejando de cobrar el complemento de paternidad o maternidad que le pertenece, junto a la cantidad que le corresponde por parte de la Seguridad Social. De esta manera, «no tiene los mismos derechos laborales». De forma paralela, el SAS no estaría pagando por estos profesionales a la Seguridad Social, ya que «el periodo de permiso no computa como trabajo efectivo».

En un cálculo general, la Administración sanitaria se estaría ahorrando con esta práctica unos 3.000 euros de media por cada certificado virtual anómalo, según el sindicato. A ello se añade que ese tiempo de «limbo» contractual no computa para una hipotética oposición a la que podría acceder el afectado posteriormente.

En este sentido, el colectivo acusó al SAS de «escamotear de manera fraudulenta millones de euros a la Seguridad Social», una actuación que sigue produciéndose, en parte, «por el miedo de los contratados a revolverse contra la Administración, ya que ésta podría tomar represalias». Pese a todo, hace un llamamiento a la serenidad y recuerda que el sindicato ha presentado numerosas denuncias de este tipo en los últimos años «y hemos recibido sentencias favorables consecutivamente, dado el carácter flagrante de la irregularidad ante cualquier juez». Precisamente, en los últimos meses varias sentencias a nivel nacional han avalado los derechos de los sanitarios en relación al embarazo y el periodo de maternidad o paternidad, especialmente en el cobro de las guardias no realizadas durante la baja.

La última la ha emitido el juzgado contencioso-administrativo de Lugo, reconociendo el derecho de un médico especialista de reumatología a percibir el prorrateo de guardias correspondiente al periodo de paternidad. El facultativo se benefició del permiso de paternidad y el correspondiente al parto –tuvo un uso compartido de la baja maternal con la esposa–. En ambos periodos de baja no percibió las cantidades referidas a las guardias, por lo que acudió a los tribunales.

Sin embargo, la sentencia más clarificadora la emitió el pasado mes de marzo el Tribunal Supremo, referida a los derechos de una médico embarazada. El fallo aclaraba, con el fin de establecer una «unificación de doctrina», que las profesionales que solicitan la adaptación de su puesto de trabajo por embarazo o por su condición de madre lactante, y esa adaptación conlleve la no realización de guardias médicas, no pueden ser penalizadas económicamente, por lo que tienen derecho a seguir cobrando el tiempo de trabajo correspondiente a estas guardias.

Otro fallo, esta vez emitido por el juzgado de lo social de Orense, fue más allá al asegurar que, si a una médico se le priva del pago de guardias durante su periodo de baja por embarazo, «se limita su decisión de ser madre de manera muy significativa».