Arquitectura

El TSJA ordenó hace cinco años a AVRA repetir el concurso de su sede

El tribunal condenó a la Agencia de Vivienda en 2010 por limitar la participación a arquitectos con más de diez años de experiencia. El coste estipulado en premios asciende a 99.000 euros

Recreación del inmueble que ganó el primer premio para la sede de EPSA
Recreación del inmueble que ganó el primer premio para la sede de EPSAlarazon

El tribunal condenó a la Agencia de Vivienda en 2010 por limitar la participación a arquitectos con más de diez años de experiencia. El coste estipulado en premios asciende a 99.000 euros

«Un concurso abierto de ideas para arquitectos con más de diez años de experiencia, que hayan realizado un edificio con un presupuesto igual o superior a 4 millones de euros y proyectado al menos un edificio de uso administrativo cuya superficie supere los 5.000 m2». Eso fue lo que propuso en 2007 la entonces Empresa Pública de Suelo de Andalucía (EPSA), ahora AVRA (Agencia de Vivienda y Rehabilitación). Un concurso que estaba dotado con 99.000 euros en premios –del primero con 30.000, el segundo 25.000, 20.000 el tercero y dos accésit de 12.000 euros– y que la agencia de la Junta debe repetir de acuerdo a la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), al entender como discriminatorio el requisito de «estar en posesión del título de arquitecto con anterioridad al 1 de enero de 1997» que recogían las bases de la convocatoria. La anulación fue comunicada el 19 de enero de 2010. Han transcurrido, por tanto, más de cinco años sin que la Junta haya movido un dedo para acatar la sentencia.

La resolución del TSJA respondía a un recurso de apelación presentado por el Consejo Andaluz de Colegios de Arquitectos (Cacoa), que trató de que el concurso se subsanara desde el inicio pero la Junta insistió en llevarlo hasta sus últimas consecuencias en los tribunales. Una estrategia que la Administración andaluza practica de forma reiterada para repeler las reclamaciones que recibe. «La falta de diálogo nos obliga a emplear unos recursos ingentes para solucionar conflictos que podrían evitarse fácilmente», aseguran desde el Cacoa. De hecho, celebran que el proceder de AVRA se ha modificado positivamente en la actualidad, abandonando las malas prácticas que obligaban al organismo de los arquitectos andaluces a reclamar una y otra vez los contratos que ofertaba. Precisamente el pasado lunes Luis Miguel Jiménez fue nombrado nuevo director gerente en sustitución de Juan Antonio Cortecero, que ha estado exactamente un año en el cargo.

AVRA habría alegado ante el TSJA el alto coste de repetir un concurso de ideas que ni siquiera planea ejecutar, por cuanto su situación económica dista mucho de ser la de 2007, cuando se planteó la construcción del edificio administrativo en un solar del polígono San Pablo de Sevilla. «No solemos impugnar las adjudicaciones», aclaran desde el Cacoa, cuyo objetivo es «que haya limpieza en el procedimiento desde el inicio». Por ello, lamentan haber tenido que recurrir casi sistemáticamente –una al mes, calculan– licitaciones de diferentes entes de la Junta, muchas veces por limitar la libre concurrencia al establecer criterios excesivamente restrictivos. Como ejemplo, citan contratos declarados desiertos por requerir una experiencia en los tres años previos de construcción de edificios administrativos que ningún arquitecto andaluz podía cumplir, debido al parón por la crisis económica en la sobras, especialmente las públicas.

La convocatoria del concurso internacional se publicó el 28 de agosto de 2007 en el Boletín Oficial de la Junta (BOJA). Preveía la adjudicación, mediante un jurado, de «contrato de consultoría y asistencia para la redacción del proyecto básico y asesoramiento de arquitecto durante el proceso de redacción del proyecto de ejecución y dirección de obra de edificio administrativo destinado a organismos o empresas de la Junta de Andalucía». El edificio proyectado tendría unos 20.000 metros cuadrados sobre rasante y otros 9.000 bajo rasante, sobre un solar con una superficie total de 29.000 metros. Entre las bases figuraba además que el profesional en cuestión hubiera redactado al menos un proyecto de un edificio de uso administrativo de una superficie mínima de 5.000 metros cuadrados. Esto sí fue avalado por el TSJA, al considerar que «es proporcionada y se encuentra justificada». No obstante, la anulación de la limitación de experiencia obligaría a retrotraerse al inicio del proceso, ocho años atrás.

La última sentencia judicial que condena a AVRA por una demanda del Cacoa es de febrero de este año, referida a un concurso de consultoría y asistencia para una residencia de mayores en El Zapillo (Almería) por no ser conforme a derecho. Así lo estimó el juzgado de lo Contencioso-Administrativo 7 de Sevilla, considerando que el amplio abanico de requisitos impuestos quebrantaba el principio de concurrencia.