Caso ERE

La Audiencia de Sevilla evidencia la actuación «contradictoria» de la Junta en los ERE

Rechaza su petición de anular los autos en los que se dejó fuera de dos piezas al ex consejero Antonio Fernández

El ex consejero de Empleo, Antonio Fernández
El ex consejero de Empleo, Antonio Fernándezlarazon

Rechaza su petición de anular los autos en los que se dejó fuera de dos piezas al ex consejero Antonio Fernández

La Junta no parece tener muchas posibilidades de torcer un criterio ya fijado en el ámbito del proceso en el que se investigan presuntas irregularidades en los expedientes de regulación de empleo financiados por ella, en corto, el «caso ERE». Sus abogados presentaron incidentes de nulidad contra los autos en los que la Audiencia de Sevilla acordó dejar al ex consejero de Empleo Antonio Fernández fuera de las piezas en las que se investigan las ayudas concedidas a las empresas Calderinox y Fundiciones Caetano, dado que va a ser juzgado por los mismos hechos en la rama política de la causa centrada en el procedimiento por el que se repartieron los fondos públicos, si bien el órgano provincial los ha rechazado y con una argumentación nada vaga.

El Gobierno andaluz buscaba que continuara la causa contra el ex consejero en ambos casos pero la Sección Séptima de la Audiencia ha cortado de raíz esa pretensión en dos providencias, fechadas el 2 de octubre, contra las que no cabe recurso alguno y en las que ha lanzado un mensaje a los letrados del Ejecutivo regional: hay movimientos que dejan secuelas y no se puede intentar justificar errores «a posteriori».

La Sección Séptima mantiene en sus resoluciones, consultadas por LA RAZÓN, que el «excepcional incidente de nulidad» no puede utilizarse como «un nuevo recurso para replantear las cuestiones ya zanjadas» en los mencionados autos «con la excusa de que hay en juego derechos fundamentales» y entiende que el paso dado por el Gobierno autonómico no procede ya que lo que se ha intentado con él es «provocar» otro debate «sobre el objeto del recurso, pese a que lo que se plantea ahora –dándole otro revestimiento expositivo-formal– mereció explicación y respuesta» en sus resoluciones originarias, afea.

Los abogados de la Junta apoyaban su petición de nulidad en dos motivos. En primer lugar aducían que se había producido una «desviación procesal» provocada por una «incongruencia extra petita» dado que el representante legal de Fernández, Alfonso Martínez del Hoyo, había solicitado el sobreseimiento en las dos causas y en lugar de éste la Audiencia acordó que las diligencias previas abiertas en las dos piezas «no se dirigieran» contra el investigado, lo que privó a las acusaciones de interponer recurso de casación. Sin embargo, los magistrados de la Sección Séptima no sólo dejan claro que la supuesta incongruencia no es tal, sino que aseveran que en uno de los fundamentos de sus autos razonaron el por qué era «procesalmente imposible» decretar el sobreseimiento, «dándose la razón en el fondo del debate al apelante». Y van más allá: hacen constar que repitieron argumentos de autos similares que afectaban a otros encausados de los ERE que no han sido «combatidos en nulidad» por el Gobierno andaluz como sí en los que afectan a Fernández.

De otro lado, el gabinete jurídico de la Junta acusó a la Audiencia de haber «variado» el objeto de la pieza del «procedimiento específico», la vertiente política del caso. La aludida replica ahora que tal modificación «no existe» y así lo han explicado ya. «Sólo un mal entendimiento del derecho procesal penal, cuando no una autojustificadora interpretación de los propios comportamientos procesales, puede llevar a hacer tal afirmación», se asevera en las providencias de la Sección Séptima. El tribunal recalca que no se puede enjuiciar por duplicado a ciertos investigados por los mismos hechos en distintas piezas de este «macroproceso» y arroja un nuevo dardo. Matiza que en el caso de la Junta además «no es óbice» que demandara el «sobreseimiento provisional» en la pieza política que afecta a los ex presidentes andaluces Manuel Chaves y José Antonio Griñán y que, en teoría y si nada lo cambia, comenzará a enjuiciarse el próximo diciembre. La Audiencia recuerda que en «precedentes resoluciones» ya puso el foco en la «actuación procesalmente contradictoria» del Ejecutivo autonómico al apoyar que se dirigieran procedimientos contra acusados como el propio Fernández, cuando habían reclamado en el bloque del procedimiento específico que se diera carpetazo a lo actuado «respecto de todos los acusados», los 22 ex altos cargos de la Administración regional que fueron procesados, aunque es acusación.

Por todo lo expuesto, las providencias desgranadas ponen punto y final al debate sobre si el ex consejero será o no juzgado más de una vez, al menos a nivel de los tribunales de justicia ordinarios. ¿Cabe aún algún otro movimiento por parte del gabinete jurídico de la Junta? Fuentes del caso apuntan a este periódico una posibilidad si quisieran continuar su «persecución» contra el ex titular de Empleo: podrían intentar la vía extraordinaria de encontrar amparo en el Tribunal Constitucional (TC). Está por ver si ese supuesto, no descartable del todo para las mismas fuentes, llega a materializarse o no. De momento, la instructora del «macroproceso» de los ERE, María Núñez, lo que sí ha hecho es seguir la senda marcada por la Audiencia sevillana y excluir al ex consejero y a otros ex cargos, entre ellos ex directivos de la agencia pública IDEA, de piezas aún en fase de instrucción.