Violencia de género

Cataluña ha indemnizado en 2 años a 37 víctimas de violencia machista

La cifra ronda los 2.800 euros por persona y asciende al doble en caso de que los hijos menores de 26 años dependan económicamente de la fallecida, según la ley de 2015

Las indemnizaciones se incorporaron a la ley en 2015
Las indemnizaciones se incorporaron a la ley en 2015larazon

La cifra ronda los 2.800 euros por persona y asciende al doble en caso de que los hijos menores de 26 años dependan económicamente de la fallecida, según la ley de 2015

La Generalitat ha indemnizado a 37 mujeres víctimas de violencia machista –seis de ellas con discapacidad– con secuelas de «carácter grave» y a once hijos de víctimas mortales durante los dos primeros años desde la aprobación de estas ayudas, en mayo de 2015, han informado a Ep fuentes de la Conselleria de Trabajo, Asuntos Sociales y Familias.

Hasta mayo, se han indemnizado en 2017 a ocho mujeres –dos con discapacidad– y dos huérfanos, mientras que en 2016 fueron 13 mujeres –una con discapacidad– y siete hijos, y entre mayo y diciembre de 2015 se concedieron a 16 mujeres –tres con discapacidad– y dos menores. La indemnización, de un solo pago, ronda los 2.800 euros para las víctimas –cinco veces el indicador de renta de suficiencia de Catalunya (IRSC) mensual, de 569,12 euros–, y asciende al doble en el caso de los hijos menores de 26 años que dependan económicamente en el momento de la muerte de la víctima; en los casos con más del 33% de discapacidad, el importe aumenta en un 25.

Se incorporaron con un decreto en 2015 a la Ley de derecho de las mujeres para erradicar la violencia machista (5/2008), que establece el derecho de adultas, adolescentes y niñas a cobrar de la Generalitat cuando sufren secuelas, lesiones corporales o daños en salud física o psíquica de carácter grave y requieran tratamiento médico, quirúrgico o psicológico, como consecuencia de las formas de violencia machista que especifica esta ley.

La indemnización es compatible con la que fije una sentencia judicial, así como con otras prestaciones públicas y privadas, y la directora general de Familias de la Generalitat, Roser Galí, ha añadido que es necesario acreditar las secuelas a través de una sentencia judicial.

«En caso de que la sentencia no especifique secuelas de carácter grave, damos valor a un informe de la Conselleria de Salud conforme ha habido un daño físico grave y que ha coincidido con la violencia», acreditado con un certificado médico, ha explicado Galí y ha lamentado que, en los casos de secuelas psicológicas, es muy difícil acreditar su vinculación con la violencia en un informe, y no suele hacerse. La directora de Familias ha destacado que la ley catalana contempla también la violencia fuera del ámbito de la pareja, con lo que va «más allá» de la ley española y abarca todas las violencias sufridas por el hecho de ser mujer, además de añadir la protección a pesar de que la víctima no quiera ir a juicio, ante el hecho de que la denuncia es a menudo un momento de revictimización y trauma, ha lamentado.

Galí ha explicado que encargarán una evaluación sobre la eficacia de los servicios de atención y recuperación para víctimas, para saber si las mujeres los conocen, si han pasado por ellos y si es eficaz, y sobre todo «saber si han habido feminicidios en los que las mujeres habían pasado» por estos servicios. Con la ampliación de la partida para estos fines del Presupuesto de la Generalitat de 2017, Galí ha explicado que estudian ampliar la red de atención y recuperación para mujeres que han sido o son víctimas de violencia machista con la creación de dos nuevos servicios de intervención especializada (SIE) y tres pisos del servicio de acogida y recuperación.

Cada SIE cuenta con un equipo multidisciplinar de siete profesionales –de ámbitos como el jurídico, el sanitario y el sociológico– aunque también cabe la posibilidad de el equipo se desplace .