Autonomías

El PP no se opone a que Les Corts estudie revertir el acta de Barberá

Podemos pide a los servicios jurídicos que estudien si se puede anular el nombramiento de senadora

Les Corts citarán a la senadora Barberá para que dé explicaciones del caso Imelsa ante la Cámara
Les Corts citarán a la senadora Barberá para que dé explicaciones del caso Imelsa ante la Cámaralarazon

El grupo parlamentario «popular» no se opuso ayer a la petición de que los servicios jurídicos de Les Corts realicen un informe sobre la posibilidad de revertir el nombramiento de Rita Barberá como senadora territorial en representación de la Comunitat Valenciana por designación del Parlamento autonómico. Bien es cierto que, al estar en minoría, la oposición del PP no hubiera impedido que finalmente el informe se realice.

Lo que sí pidió la portavoz, Isabel Bonig, es que no se adelanten acontecimientos y recordó que el juez instructor no había citado a Barberá para nada.

Bonig sí que admitió que la exalcaldesa debería dar explicaciones sobre todo lo ocurrido, aunque afirmó que, en parte, ya las había dado mediante el comunicado que emitió a los pocos días de la operación Taula en la que negaba el cobro de ningún tipo de mordida y el blanqueo de capital. Aún así, y dada la magnitud que están tomando los acontecimientos, Bonig se alineó con los criterios de la dirección nacional del PP y pidió que compareciera para explicarlo todo

La petición del informe jurídico fue solicitada por el grupo Podemos y apoyada por el resto.

A falta del informe de los servicios jurídicos de la Cámara, cabe señalar que el artículo 18-F del Reglamento del Senado afirma como motivo de cese que «en el caso de los Senadores designados, cuando así proceda y se comunique por las Asambleas legislativas u órganos colegiados superiores de las Comunidades Autónomas». El problema viene cuando se revisa la legislación de la Comunidad autónoma, en este caso la Valenciana.

Así, el Reglamento de Les Corts marca en su artículo 172 la forma de la elección de los senadores territoriales y remite al artículo 22 J del Estatut d’Autonomía, que a su vez remite a la Ley 9/2010 de 7 de julio, de designación de Senadores o Senadoras en representación de la Comunitat Valenciana.

En este texto legislativo no se recoge ninguna causa de destitución que pudiera ser de aplicación en esta caso, ya que tan solo se enumeran la disolución de Les Corts, el fallecimiento, incapacidad, o renuncia, pérdida de las condiciones de elegibilidad o incompatibilidad apreciada y no subsanada.

Así las cosas, el informe jurídico deberá arrojar luz sobre la propuesta de Podemos. Su síndico, Antonio Montiel, ya avanzó que si la legislación actual no permite la revocación del nombramiento, propondrían iniciar un cambio legislativo.

Por su parte, el síndico socialista, Manuel Mata, considera que el nombramiento de Rita Barberá no lo realiza Les Corts sino que el Parlamento da cuenta de la designación que realiza el PP y que por ello debe ser el PP quien la revoque.

Además, sugirió que se estudien las «causas de indignidad» como una posibilidad para revocar el citado nombramiento.

Además, la Junta de Portavoces aprobó solicitar la comparecencia de la senadora Barberá en la Comisión de Coordinación Les Corts para dar explicaciones.