Ayuntamientos

El juez que debe fallar sobre Maestre rechaza de plano su recusación

El Ayuntamiento del PP también cedió espacios públicos a la fundación de la que es secretario

La Audiencia de Madrid debe resolver el recurso contra la condena a Maestre por un delito contra los sentimientos religiosos
La Audiencia de Madrid debe resolver el recurso contra la condena a Maestre por un delito contra los sentimientos religiososlarazon

El Ayuntamiento del PP también cedió espacios públicos a la fundación de la que es secretario

El juez de la Audiencia Provincial de Madrid Francisco David Cubero ha rechazado de forma categórica y tajante que existan motivos que justifiquen la recusación o abstención como ponente del recurso interpuesto por la portavoz del Ayuntamiento de Madrid, Rita Maestre, contra su condena por el «asalto» a la capilla de la Universidad Complutense. De esta forma, pide que se rechace de plano la recusación planteada por el Centro Jurídico Tomás Moro, quien ejerce la acción popular en este procedimiento, porque, asegura, no tiene ningún interés directo o indirecto en este pleito: «No existe el menor interés de quien suscribe en el dictado de una resolución u otra en el presente procedimiento», afirma en su escrito de oposición a la recusación planteada. De la misma forma, rechaza que el hecho de ser profesor asociado pueda afectar a su imparcialidad por el hecho de que el catedrático del departamento pertenezca a la misma asociación de abogados penalistas que el defensor de Maestre.

Uno de los motivos esgrimidos por la acción popular para que se apartara de este recurso se refiere a que el magistrado es secretario de la Fundación Abracadabra de Magos Solidarios, la cual celebró en noviembre pasado la VIII Semana de la Magia Solidaria en unas instalaciones cedidas por el Ayuntamiento de Madrid.

Sobre esta cuestión, el magistrado destaca que sus funciones como secretario de la citada fundación se limitan a «la supervisión de la contabilidad, la certificación de los acuerdos... en suma, dichas labores de carácter propiamente administrativo y propias de un secretario de una asociación sin ánimo de lucro o fundación».

De esa forma, incide en que no entra en sus funciones «buscar patrocinios, conseguir convenios de colaboración ni buscar fuentes de financiación para la fundación», además de recalcar que no percibe «un solo euro» por sus funciones, sino que, al contrario, «implican emplear cierto tiempo y hasta dinero, lo que, por otra parte, llevo a cabo de manera entusiasta y voluntaria», para contribuir, dentro de sus posibilidades, al bienestar de los más necesitados.

En cuanto a la cesión del espacio municipal donde se celebararon las citadas jornadas, señala que esa aportación municipal fue, «sin duda, elogiable», pero que la fundación debió correr con todos los gastos, unos 6.000 euros; y que, además, Maestre no tiene ninguna función relacionada con la distribución de espacios ni con las relaciones con fundaciones.

Sobre esta cesión de una de las naves del matadero, el magistrado resalta que ese hecho no es novedoso, pues el anterior equipo municipal, encabezado por el PP y con Ana Botella como alcaldesa, el Ayuntamiento «nos cedió en otras dos ocasiones un espacio público más grande». Así, el Ayuntamiento «colabora con nuestra fundación, de acuerdo a sus posibilidades, independientemente de quien lo gobierne, y ello porque la actividad consistorial va más allá de la ideología de quien lo gobierna temporalmente».

En cuanto a la posible amistad entre el catedrático de su departamento y el defensor de Maestre, alega que «ignora las relaciones de amistad o profesionales que pudieran mantener». Y sobre la alusión a los emolumentos que recibe como profesor asociado, señala que el neto mensual es de unos 200 euros por seis horas lectivas semanales; y si se le resta los gastos de desplazamientos y otros, «los profesores asociados de la unidad pública española perdemos dinero con la docencia».