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Metro eleva a 80 euros la multa por viajar sin billete

Los pasajeros tendrán a su disposición los espacios de tiempo hasta siete minutos y treinta segundos,

Metro eleva a 80 euros la multa por viajar sin billete
Metro eleva a 80 euros la multa por viajar sin billetelarazon

El viajero deberá adquirir un título de transporte que le permita viajar a su estación de destino y no a una anterior de menor importe.

La Comunidad de Madrid aprobó ayer la Modificación del Reglamento de Viajeros del Ferrocarril Metropolitano madrileño con el fin de aportar a los viajeros una mayor seguridad jurídica, además de introducir mejoras en materia de información al usuario, condiciones de validez de los títulos de transporte y simplificar otras gestiones.

Una de estas modificaciones consiste en aportar más información sobre los tiempos de espera al pasajero. Hasta la fecha, los paneles informativos, situados en todas las estaciones de Metro, publicaban los intervalos entre trenes que fuesen inferiores a seis minutos. Ahora se amplia esta información, y los pasajeros tendrán a su disposición los espacios de tiempo hasta siete minutos y treinta segundos, además de informar sobre el horario de paso de trenes a partir de este intervalo.

Con respecto a la adquisición de los billetes y la validez de los mismos, teniendo en cuenta el tramo que realice cada viajero, la cosa se ha puesto mucho más estricta y la picaresca española empezará a salir muy cara. Por ello, el viajero deberá adquirir un título de transporte que le permita viajar a su estación de destino y no a una anterior de menor importe. Si esto no se cumpliera, según explicó Ángel Garrido, Consejero de Presidencia, el viajero se enfrentaría a una multa de nada más y nada menos que 80 euros. Si el viajero ha caído en la tentación de trucar el billete y le han impuesto esta sanción, podría verla reducida hasta la mitad pagando dicha cuantía en un tiempo relativamente corto. Si por el contrario el viajero solo ha tenido la mala suerte de pulsar una estación de destino equivocada, deberá comunicárselo al personal de la estación en ese mismo momento, para que este le de la solución más adecuada.

Estos cambios en el Reglamento de Viajeros entrarán en vigor al día siguiente de ser publicados en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.