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Messi, multa en vez de cárcel

La Fiscalía respalda la petición del futbolista de que su condena a 21 meses de prisión por fraude fiscal se sustituya por el pago de 252.000 euros.

Fotografía de archivo, tomada el 19/04/2017, del delantero argentino del FC Barcelona Leo Messi
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La Fiscalía respalda la petición del futbolista de que su condena a 21 meses de prisión por fraude fiscal se sustituya por el pago de 252.000 euros.

La Fiscalía está de acuerdo con que la condena a 21 meses de prisión a Leo Messi por defraudar a Hacienda 4,1 millones, entre 2007 y 2009, se sustituya por una multa de 252.000 euros y, en caso de que la Audiencia de Barcelona mantenga la condena de cárcel, tampoco se opone a que el jugador del Barça no ingrese en prisión. Así lo ha puesto de manifiesto en un escrito presentado el pasado jueves ante el citado tribunal, que debe decidir cómo se ejecuta la sentencia que condenó a Messi y a su padre por fraude fiscal, que fue confirmada por el Tribunal Supremo (TS) el pasado mayo.

La defensa de Messi y de su progenitor, que fue condenado por los mismos hechos a una pena de 15 meses de cárcel, solicitó a la Audiencia la sustitución de sus condenas de prisión por sendas multas o, en su defecto, que de mantenerse las mismas se suspendiese su ejecución siempre y cuando no volviesen a delinquir durante el tiempo de vigencia de sus condenas.

Ahora, la Fiscalía Provincial de Barcelona no se opone a las pretensiones de Messi padre e hijo, pero con matices. En primer lugar, da su visto bueno a la sustitución de la pena privativa de libertad por una multa, pero «siempre que la cuota diaria sea la máxima», de 400 euros diarios. En total, 252.000 euros en el caso del futbolista argentino y 180.000 en el de Jorge Horacio Messi.

Subsidiariamente, y para el supuesto de que la Audiencia de Barcelona no acuerde la sustitución de las penas impuestas, el Ministerio Público considera adecuado que ni Messi ni su padre ingresen en la cárcel para cumplir sus condenas, «atendiendo a que son delincuentes primarios» (ninguno de los dos tiene antecedentes penales) y «no hay pendiente de abono cantidad alguna en concepto de responsabilidad civil» (ambos consignaron en Hacienda los 4,1 millones de euros defraudados). La Fiscalía, no obstante, eleva a tres años el período durante el cual no podrían volver a ser condenados, en cuyo caso debería ejecutarse la sentencia por fraude fiscal mantenida en suspenso.

Messi y su progenitor, éste como cooperador necesario, fueron condenados por tres delitos fiscales y un fraude tributario de 4,1 millones, procedentes de los ingresos del futbolista por derechos de imagen, en los ejercicios de 2007, 2008 y 2009 a través de un entramado societario opaco en Belice, Uruguay, Reino Unido y Suiza. El Tribunal Supremo impuso además al astro argentino una multa de dos millones de euros y de casi 1,4 a su padre.

Para el Alto Tribunal, Messi conocía «inequívocamente» su obligación de tributar sus ingresos por derechos de imagen, un concepto por el que la Agencia Tributaria imputa ahora a Cristiano Ronaldo un fraude de 14,7 millones. «No resulta acomodado a lógica admitir que quien percibe importantes ingresos ignore el deber de tributar por ello. Ni se acomoda a lógica que quien constata que no abona nada en absoluto a Hacienda como tributo, pese a la elevada percepción de concretos ingresos (los referidos derechos de imagen), sabe que está defraudando ilícitamente», concluyó el TS.

Según la sentencia, el padre de Messi (a quien el Tribunal Supremo redujo la condena de 21 a 15 meses de cárcel al aplicarle la atenuante de reparación del daño por haber devuelto su hijo el montante defraudado) era «sabedor de que con la utilización del conjunto de sociedades se evitaba la tributación ante la Hacienda española de los ingresos derivados de los derechos de imagen» de su hijo.