Cada año se registran miles de casos de propietarios que hostigan a sus inquilinos con fines especulativos ¿ Al contrario que en Europa, no existe legislación
España el país del acoso inmobiliario
madrid- Agujerean falsos techos, dejan escombros y obras inacabadas en espacios comunes, cambian las cerraduras y rompen las tuberías; suspenden el suministro de agua y de luz; se niegan a cobrar los alquileres para poder alegar que los inquilinos no pagan y así desahuciarlos; alquilan pisos de forma deliberada a personas molestas o violentas; deterioran adrede el edificio para que sea declarado en «ruina técnica»... Estas son sólo algunas de las artimañas de las que echan mano algunos propietarios y empresas inmobiliarias para acosar a sus inquilinos. O lo que es lo mismo: estos vecinos están siendo víctimas del «mobbing» inmobiliario. ¿Su finalidad? Hacer de su vida un infierno hasta que les obligan a abandonar su domicilio, lo que favorece los intereses especulativos del empresario: desde echar abajo el edificio para edificar de nuevo hasta librarse de los inquilinos que, por ley, pagan rentas bajas. Sólo Barcelona sufrió 200 casos en 2007. El problema se repite miles de veces al año. Sentencias pioneras Durante esta semana se han conocido dos sentencias favorables a los derechos de los vecinos. En Barcelona, un juzgado ha condenado a un año de prisión a dos hermanos propietarios y a indemnizar con 3.300 euros a dos jóvenes a los que sellaron la puerta de entrada y cortaron la luz y el agua repetidas veces porque se negaban a pagar más de lo estipulado en su alquiler. En Guetxo (Vizcaya), un empresario deberá cumplir 39 meses de cárcel al contratar a una familia para molestar al inquilino y lograr que abandonara su vivienda. Con la marcha de esta persona, el condenado podía adquirir todo el edificio. «Al no tener agua, los chicos iban a una fuente para obtenerla y se duchaban donde podían. Como no tenían nevera, debían comer en el día lo que compraban. Algunos vecinos les pasaban comida con cuerdas. También sellaron el contador de la luz y, al tener que usar velas, otros les pasaban corriente eléctrica a través de cables. Luego, venían los propietarios y les hacían desenchufarlos», relata Aurora, que vivía en frente de los jóvenes de Barcelona, en el barrio de San Andrés. Afortunadamente para ellos, Aurora les dejó que se ducharan en su casa y que llamaran por teléfono. «Me decían: ¿¡No puede ser ¿Dónde vamos a ir?¿». Las asociaciones anti «mobbing» están de enhorabuena. Hasta ahora, nunca antes había sido condenado con penas de cárcel un propietario por acoso. Estas decisiones son la excepción que confirman la regla. Al menos en nuestro país. Sólo protegidos en Cataluña «En España no existe legislación en cuanto al acoso en general. Las sentencias de Barcelona y Guetxo crean jurisprudencia, pero la ausencia de normas hace que cada caso dependa de la visión de cada juez». Lo dice Marina Parés, presidenta del Servicio Europeo de Información sobre «Mobbing» (Sedisem), que se dedica a concienciar sobre el acoso. De hecho, comenta Parés, sólo en Cataluña existe una normativa: la Ley de Vivienda de 2000, en la que se aplican multas de hasta 900.000 euros para el acosador. Y añaden: «El acoso está impune. En Suamérica, Colombia y Argentina cuentan con una legislación. ¿En Europa? Francia, Alemania, Bélgica...». Nuestro país cuenta, además, con una triste peculiaridad: la figura del «espantaviejas». Y es que en España siguen vigentes dos leyes de arrendamiento: la antigua y la del «decreto Boyer». A la primera están sujetas las personas mayores, con pensiones bajas, y que no tienen que pagar más por la subida del coste de la vida. La ONU, en persona de su relator especial para la Vivienda, Miloon Kothari, estimó en 2006 que el estado del «mobbing» inmobiliario en España es «particularmente grave y representa una vergüenza para el país, ya que no se registran casos tan graves en el mundo desarrollado»















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