Ruedas pelig.rosas

El copago, aquí y allí, no es legal

Piso tutelado en el Campo de Gibraltar
Piso tutelado en el Campo de Gibraltarlarazon

Ya era hora. La Administración tendrá que devolver a una persona con discapacidad la parte del coste de los servicios que recibía y estaba pagando desde el 1 de enero de 2015 porque así lo decidió la Comunidad de Valencia, al parecer sin tener competencias, tal como ha dictaminado ahora la Justicia, que ha venido a poner en entredicho las diferencias entre las 17 comunidades autónomas, es decir que cada una haga lo que le viene en gana.

Se trata de sólo un caso, ya que es respuesta a la impugnación de una persona a la resolución de abril de 2014 de la Dirección Territorial de Bienestar Social de la Generalitat valenciana por la que se cuantificaba la aportación que esta usuaria con discapacidad tenía que aportar del coste que supone el servicio de atención residencial en vivienda tutelada.

El juez anula el pago, y ordena la devolución con los intereses pertinentes, porque la Administración valenciana carece de competencias para dictar el cobro del copago. Es decir, no se pone en cuestión si cada uno debe pagar parte de un servicio que recibe o no, sino que se dicta que la competencia es solamente del Gobierno central y, en este caso, la Comunidad de Valencia se extralimita en sus funciones.

Aunque es un sólo caso, en la Comunidad de Valencia hay 2.862 personas que desde el uno de enero están pagando por servicios como centros de día, talleres ocupacionales o pisos tutelados entre 53 y 729 euros al mes en 14 mensualidades en función de su renta o patrimonio.

Que la época de los servicios totalmente gratuitos ya está lejos, es algo que nuestra sociedad va asumiendo. La parte que los usuarios deberán ir pagando tendrá que calcularse con criterios de equidad, y sin caer en 17 sistemas diferentes, como se pretendía en este caso. El afán recaudatorio de una Administración saqueada que necesita liquidez para ofrecer los servicios que son derecho de la población, no justifica en modo alguno que se ataque a los sectores más débiles, a los que no pueden prescindir de ciertos servicios, o que se salten leyes y se inventen decretos o normas sin las debidas garantías. Y menos aún, que cada Comunidad imponga un sistema de pago, de copago, de colaboración, o como lo quieran llamar, a su imagen y semejanza, abriendo una brecha entre ciudadanos en función de donde nazcan o vivan.

La propia sentencia del Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 3 de Valencia, hace una comparativa entre comunidades, señalando como la Generalitat valenciana ha desarrollado mal la norma frente a otras que sí lo hicieron bien, como Galicia, Castilla–León o Asturias.

Una lección más a los dirigentes de las autonomías para evitar que el Estado se divida en 17 pequeños reinos de taifas.

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