Enrique López

Proteger el autogobierno

La Razón
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A raíz de lo acaecido en Cataluña mucho se habla de la famosa sentencia del Tribunal Constitucional nº 31/2010, la cual resolvió el recurso de inconstitucionalidad planteado frente a la ley que aprobó el actual Estatuto de Autonomía. Algunos consideran que la misma se ha convertido en una suerte de elemento perjudicial contra el autogobierno de Cataluña, algo que no puedo compartir. Recordemos que la sentencia tuvo cinco votos particulares, la mayoría de los cuales iban más lejos en la declaración de inconsticionalidad, proponiendo la misma para más preceptos. En cualquier caso, la sentencia fue la que fue, y debe ser valorada con perspectiva y justicia. Recientemente se ha elaborado un estudio sobre el grado de autogobierno de 185 entidades territoriales de 81 países, concluyendo que las comunidades españolas, y en especial Cataluña, gozan de un grado de autogobierno de los más altos del mundo. La citada sentencia declaró la inconstitucionalidad, en todo o en parte, de 14 artículos del Estatuto, y condicionó la constitucionalidad de 23 artículos y 4 disposiciones a una interpretación conforme. Una lectura sosegada de la sentencia se opone a la conclusión de una predicada negatividad para el autogobierno de Cataluña, muy al contrario. Si analizamos su fallo nos encontramos con que además de sancionar que carecen de eficacia jurídica interpretativa las referencias del Preámbulo del Estatuto de Cataluña a «Cataluña como nación» y a «la realidad nacional de Cataluña», declara la inconstitucionalidad de un escaso número de artículos, y en muchos casos, tan solo incisos de los mismos, manteniendo incólume la práctica totalidad de la norma. Por ello, cuando algunos proponen volver al texto original conviene aclarar a qué se están refiriendo, ¿se quiere convertir a Cataluña en una nación? La sentencia entiende a Cataluña definida como una nacionalidad integrada en la «indisoluble unidad de la Nación española». Casi todo es defendible, pero se ha de hacer dentro de los cauces previstos legalmente, y sobre todo, con honestidad intelectual. El autogobierno debe ser perseverado y no cabe duda de que puede ser mejorado, pero la cuestión es si es posible una reforma constitucional que pretenda alterar lo establecido en el título preliminar de la Constitución en relación a la definición de España como patria común e indivisible de todos los españoles o que la soberanía nacional sólo puede residir en el Pueblo español, del que emanan todos los poderes del Estado. Debemos tener claro que la autonomía de las nacionalidades y regiones se contrapone al de soberanía de la Nación española, presentándose como un poder limitado y derivado, esto es, no originario. Así lo decidieron la gran mayoría de los políticos que participaron en la redacción de la Carta Magna, y así lo sancionaron la inmensa mayoría de los españoles, incluidos los residentes en Cataluña. Cualquier camino o reforma en sentido contrario requiere de un igual consenso. Para contentar a unos pocos que se quieren ir no podemos convertir a España en algo que la mayoría no quiere. En España hemos modernizado nuestro sentido español de convivencia convirtiéndolo en un patriotismo moderno e incluyente.