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El terror etarra, ante la ONU

A la espera de que la Audiencia Nacional resuelva el recurso de las víctimas del terrorismo para que los delitos cometidos por la banda etarra sean tipificados como de lesa humanidad, con lo que serían imprescriptibles, una de las asociaciones de víctimas –Dignidad y Justicia, presidida por Daniel Portero– ha abierto una nueva vía jurisdiccional ante las Naciones Unidas, remitiendo al relator especial para las «Ejecuciones Extrajudiciales, Sumarias o Arbitrarias» la documentación relativa a los 377 asesinatos cometidos por ETA entre 1960 y 2003 que siguen sin resolverse y que representan el 44 por ciento de todos los crímenes con víctimas mortales atribuidos a la banda. La intención última es que el organismo internacional denuncie el hecho de que ETA se niega a cumplir las condiciones mínimas de reconocimiento a unas víctimas que, amparadas por las leyes internacionales, tienen derecho a conocer la verdad y a que las familias de los asesinados y desaparecidos obtengan las correspondientes justicia y reparación. Una declaración en este sentido por parte de la ONU ayudaría sensiblemente a las autoridades judiciales españolas a mantener abiertos los procedimientos y la investigación de unos asesinatos que o bien resultaron amnistiados en 1977 o han prescrito. La cuestión en juego es determinante porque no sólo se trata de la debida satisfacción a las víctimas, sino de evitar que ETA y su entorno político consigan el objetivo de manipulación histórica que pretenden, desvirtuando el hecho irrefutable de que sus delitos buscaban, como dejaron establecido los etarras en su manifiesto fundacional, «barrer» a todas aquellas personas que se opusieran a sus fines, con independencia de su estatus social, edad o sexo. El recurso al terror indiscriminado contra civiles y el asesinato individual de representantes democráticamente elegidos constituyen elementos indisociables del delito de lesa humanidad y así está recogido en la legislación internacional y en nuestro Código Penal, que no puede ser más claro: «El ataque sistemático contra la población civil o contra una parte (...) por razón de pertenencia de la víctima a un grupo perseguido por motivos políticos, raciales, nacionales, étnicos, culturales, religiosos, de género o discapacidad». La barbarie etarra entra, pues, de lleno en el campo de los delitos de lesa humanidad y como tal debe ser tratada a efectos judiciales. No es una cuestión, como aducen los sectores que siempre han mantenido posiciones de equidistancia, de llevar a cabo una venganza, sino de que se cumpla la Ley y se impida la ignominia de ver a unos criminales impunes, amparados en los plazos de prescripción, mientras la banda sigue sin disolverse, sin entregar las armas y sin mostrar el menor signo de arrepentimiento.