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La Conferencia Episcopal publica dos protocolos ante casos de abusos

José María Gil Tamayo en una imagen de archivo
José María Gil Tamayo en una imagen de archivolarazon

La Conferencia Episcopal Española (CEE) publicó ayer los dos protocolos que muestran cómo debe proceder cualquier diócesis en España ante un caso de abusos sexuales por parte de clérigos.

Los dos textos, elaborados en 2010 tras la aprobación de nuevas normas por la Santa Sede, se refieren al proceso canónico y civil respectivamente.

El primero explica paso a paso cómo debe actuar un obispo cuando recibe la denuncia de una posible infracción. Así, se observa el cumplimiento de la legislación del Estado y el juicio de verosimilitud de la denuncia. Si se demuestra que es infundada, deberá tomar medidas para el restablecimiento de la persona falsamente acusada y si por el contrario resulta verosímil, el obispo tendrá que encargar una investigación preliminar. Una vez realizada, será el prelado el que declare si hay elementos suficientes para determinar la probabilidad del delito, momento en el que debe notificar el resultado a la congregación vaticana de Doctrina de la Fe, que adoptará la decisión más conveniente al caso.

En lo que se refiere a la actuación según la legislación del Estado, la CEE apunta en el segundo protocolo orientaciones al respecto. En él, se contemplan diversas situaciones: que el obispo sea informado a través de una denuncia privada o por rumores; que sea informado por una denuncia ante la Policía, el Juzgado o el Ministerio Fiscal o que tenga noticias de un delito a través de una confidencia o relación de confianza, por la confesión. Los criterios fundamentales, como recordó ayer mismo el secretario general de la CEE, son la cercanía a las víctimas y sus familiares, la presunción de inocencia y el respeto al secreto de confesión con la excepción de denunciar una próxima comisión de un delito.