Granada

Condenado a 7 años por violar a punta de cuchillo a su expareja tras allanar la casa de sus suegros

La Audiencia Provincial de Almería ha condenado a penas que suman siete años, cuatro meses y 15 días de prisión a un hombre de 41 años que agredió sexualmente cuchillo en mano a su excompañera sentimental tras allanar la casa en la que residía con sus padres. A.S.C., natural de Zújar (Granada), pudo perpetrar el ataque "aprovechando"que ella estaba sola y la puerta se encontraba "entreabierta". Lo hizo, además, con una orden de alejamiento por cuatro años en vigor y derivada de una sentencia en firme que le condenó a cuatro meses de cárcel por un delito de quebrantamiento.

El tribunal le condena a seis años y un mes de prisión como autor de un delito de violación, a nueve meses por delito de quebrantamiento de condena, y seis meses y 15 días por delito de allanamiento al aplicar la agravante de reincidencia. Le impone, asimismo, el pago de una indemnización a la víctima, a quien no podrá acercarse a menos de 200 metros y con quien no podrá comunicarse en el plazo de diez años, de 6.000 euros por lo daños morales causados.

La sentencia de la Sección Tercera, a la que ha tenido acceso Europa Press, recoge que A.S.C. se personó en el domicilio de los progenitores de su excompañera sentimental a las 09,00 horas del 30 de enero de 2013 "con pleno conocimiento"de la orden de alejamiento en vigor y, "sin autorización alguna"por parte de la víctima. Seguidamente, y con ánimo de satisfacer su deseo sexual, se dirigió a su excompañera sentimental, quien estaba en el salón de la casa, y, "acercándole al cuello un cuchillo que había cogido de su propia casa", le "exigió"que hiciera lo que "él quisiera".

Una vez que se la "llevó al dormitorio de sus padres, haciendo caso omiso --remarca-- de los ruegos de ella para que abandonara el domicilio", consumó la violación "exhibiendo el cuchillo que portaba en la mano"y valiéndose del temor que sentía ella. La víctima comunicó lo sucedido de "manera inmediata"a una dotación de la Guardia Civil que circulaba dentro de un coche patrulla por las inmediaciones de la casa, por lo que A.S.C., con tres condenas anteriores por distintos delitos, pudo ser detenido "cuando salía por la puerta trasera"de la casa.

El tribunal sostiene, para no condenar a 12 años de prisión tal y como solicitó el fiscal, que no concurre en este caso la agravante de uso de instrumento peligroso ya que, según argumenta, "la finalidad del arma no excede"de la "simple y genérica intimidación, pues el procesado no aplicó el cuchillo a puntos vitales del cuerpo y se limitó a exhibirlo y aproximarlo a cierta distancia del cuello pero sin llegar a entrar en contacto".