Política penitenciaria

Terapias y trabajos que evitan la prisión

Terapias y trabajos que evitan la prisión
Terapias y trabajos que evitan la prisiónlarazon

Instituciones Penitenciarias pone en marcha seis programas pioneros alternativos a la cárcel.

Cerca de 120.000 personas que han cometido delitos menores evitan cada año en España el ingreso en prisión. Los jueces apuestan cada vez más por las penas alternativas a la cárcel que van desde los trabajos en beneficio de la comunidad, la suspensión y la sustitución de la condena, una corriente cada vez más extendida en Europa.

Isabel Pantoja solicitó acogerse precisamente a la suspensión de su pena, que finalmente no fue aceptada por el juez, pero lo cierto es que los jueces se decantan cada vez más por esta opción que comenzó a crecer de modo significativo con la reforma del Código Penal en materia de Tráfico y con la ley de violencia de género de Zapatero.

Sólo el año pasado, Instituciones Penitenciarias gestionó 144.479 mandamientos judiciales y en el primer trimestre del año son ya 77.089 personas las que se han acogido a alguna de estas opciones que cumplen su condena de una manera solidaria. En lo que llevamos de legislatura suman 455.000. Mirian Tapia, subdirectora general de Penas y Medidas Alternativas, destaca la importancia de estos programas «en los que España es puntera en la UE».

La reforma del Código Penal que entra en vigor el 1 de julio «da más posibilidades a los jueces de evitar el ingreso en prisión, permite mucha más flexibilidad y se proporciona más margen a los jueces para optar por esta vía», explica Arturo Beltrán, presidente de la sección quinta de la Audiencia Provincial de Madrid.

Beltrán asegura que esta opción alternativa «funciona muy bien para el delincuente ocasional, para aquel que ha cometido su primer delito y no es muy grave porque está demostrado que la prisión desocializa, te aparta de la dinámica social, te encierra... Sin embargo, para los delincuentes peligrosos no hay pena que pueda sustituirse por la cárcel».

Pero ¿qué diferencia hay entre suspensión y sustitución de la pena, y los trabajos en beneficio de la comunidad que evitan el ingreso en prisión? Para conseguir la suspensión es necesario que se trate de la primera vez que se comete un delito o que la pena privativa de libertad no sea superior a dos años. Dejarla sin efecto obliga a la persona a realizar obligatoriamente programas de intervención, lo que significa acudir a terapia con psicólogos de Instituciones Penitenciarias.

Las sustituciones de las penas se aplican a aquellas personas que tienen condenas de dos o menos años y suponen realizar trabajos en beneficio de la comunidad, además de acudir a terapia psicológica. Hasta ahora, la Subdirección General de Penas y Medidas Alternativas, de Instituciones Penitenciarias, había desarrollado programas de violencia de género y talleres de seguridad vial que equivalen a 60 jornadas de trabajos en beneficio de la comunidad (TBC), pero acaba de poner en marcha hasta seis nuevos programas que proporcionan una amplia variedad de opciones y que colocan a España como referente de Europa en este ámbito. Entre los nuevos programas, que se implementarán en el segungo semestre del año, figuran: el de reeducación en valores y de prevención de delitos (para condenados por hurtos, robos, apropiaciones indebidas o incumplimientos de pensiones alimenticias); programa de intervención frente a la pornografía infantil (para aquellos que descargan material pornográfico, no pedófilos, una iniciativa pionera); de intervención en violencia familiar (dirigido a mujeres para violencia filoparental); de seguridad vial (de más de 60 jornadas, impuestas para delitos de tráfico relacionados con la velocidad excesiva, el consumo de alcohol o la falta de cinturón de seguridad); para penados por abusos de sustancias (se intenta dar respuesta a los delitos del Código Penal que entra en vigor el 1 de julio. Se trata de programas sobre igualdad de trato y no discriminación y de protección del medio ambiente) y, por último, el nuevo de violencia de género (trata de hacer ver al hombre agresor la igualdad entre los dos géneros y se presta especial atención a las recaídas. Ya existen en la cárcel).

Estos programas se pueden combinar con trabajos en beneficio de la comunidad. Tienen una función reeducativa a la vez que se hace algo provechoso y necesario. Y es que son muchos los estudios favorables a este tipo de medidas sustitutivas que han demostrado que cuando se realizan no se vuelve a delinquir.

«Si por una condena puedo ayudar a gente, bienvenida sea»

Rodrigo Trastámara (nombre ficticio, porque prefiere mantener el anonimato) realiza trabajos en beneficio de la comunidad en el centro joven de un municipio de Madrid desde hace un mes. Un error en su vida le abocaba a un juicio del que no sabía como acabaría. Así que, para evitar pasar por el «trago» que para él suponía el proceso judicial, acabó pactando una conformidad con el fiscal y aceptó realizar trabajos en beneficio de la comunidad. Rodrigo acudió al Departamento de Gestión de Penas y Medidas Alternativas del Centro de Inserción Social (CIS), destinado a internos o internas que cumplen su pena en régimen abierto, que se encuentran en un proceso avanzado de reinserción y cumplen medidas alternativas a la pena como trabajo en beneficio de la comunidad. «Allí estudiaron mi perfil y me dieron varias opciones. Soy ingeniero de profesión, había sido monitor, árbitro, tenía experiencia con chicos que tienen problemas y, por mis características, cuadraba con un voluntariado de ayuda a la dependencia, centros de discapacitados, de jóvenes... Finalmente ayudo en un centro juvenil de una localidad de la periferia de Madrid. Si necesitan digitalizar un documento, ya estoy yo preparado para hacerlo, atiendo en la recepción, tomo nota de los que vienen solicitando información para las colonias de verano, acompaño a los jóvenes en las actividades que se organizan de fin de semana de piragüismo, o la asistencia al último campeonato de Skate. Allí me ocupé de que los chicos no hicieran botellón y de que no fumasen porros».

Rodrigo tiene que realizar cien horas en beneficio de la comunidad y «hasta cierto punto es una carga en la medida en que a veces me cuesta compatibilizar con mi trabajo mi ayuda al centro joven. La verdad es que podría venir al centro y no hacer nada, pasar dos horas sentado sin más, pero soy de los que pienso que hay que aprovechar lo que te ofrece la vida y si por culpa de una condena puedo ayudar a la gente bienvenido sea. Si puedo, cuando acabe los trabajos seguiré colaborando como voluntario.