América Latina

El Salvador: aprueban nueva ley para contener la pandemia

La ley podrá declarar una zona epidémica a un control sanitario sólo si se comprueba un incremento del 10% de casos positivos y se deberá notificar al consejo en un plazo no menor de 24 horas

Un grupo de 47 españoles que permanecía en El Salvador regresa a su país
ES5001.SAN SALVADOR (EL SALVADOR), 27/03/2020- Una ciudadana española se coloca una mascarilla antes de ingresar al aeropuerto hoy viernes, después de ser trasladados desde la sede de la Embajada de España en El Salvador, para abordar un vuelo y regresar a su país de origen, en San Salvador. Un grupo de 47 españoles salió este viernes de El Salvador hacia su país tras quedarse en la nación centroamericana por las medidas impuestas para evitar la propagación de la pandemia del coronavirus. EFE/Rodrigo SuraRodrigo SuraEFE

(AP). Con los votos de los diputados de oposición, pero sin la opinión del Ministerio de Salud, la Asamblea Legislativa de El Salvador aprobó el jueves la Ley Especial Transitoria para Contener la Pandemia por la Enfermedad COVID-19, que regula las declaratorias de cercos epidemiológicos y prohíbe el uso de los militares para asegurar el cumplimiento sanitario.

Para que la nueva normativa entre en vigor faltaría la aprobación del presidente Nayib Bukele, que no se ha pronunciado hasta el momento. Los roces entre el legislativo y el ejecutivo del país han sido constantes durante la pandemia.

Según esta ley, el Ministerio de Salud podrá declarar una zona epidémica sujeta a control sanitario sólo si se comprueba un incremento del 10% de casos positivos y deberá de notificar al consejo de dicho municipio en un plazo no menor de 24 horas, para que sea informado de inmediato a la población.

La ley también prohíbe suspender los derechos fundamentales de la población cuando se declare zona epidémica sujetas a control sanitario y las autoridades no pueden violar el derecho de libre circulación. Además, no se podrán ordenar de manera generalizadas, sino sólo a individuos concretos y específicos después de confirmar que están contagiados por el virus del COVID-19.

Se advierte que el incumplimiento a estas medidas será sancionado con penas de cárcel de entre dos y cuatro años para cualquier funcionario, agente de autoridad o empleado público que ordene una limitación o suspensión del derecho a la libertad de circulación o de cualquier otro derecho constitucional de manera ilegal mediante un decreto ejecutivo, acuerdo, resolución o cualquier otro acto no legislativo.

Al conocer la iniciativa, la Secretaria de Prensa de la Presidencia emitió un comunicado en el que calificó como “un nuevo afán de dinamitar los esfuerzos gubernamentales”, la iniciativa de los partidos opositores Alianza Republicana Nacionalista (Arena) y del izquierdista Frente Farabundo Martí para la Liberación Nacional (FMLN), acompañado de los tres diputados del Partido Democracia Cristiana, que controla el congreso unicameral.

Asegura que, con esta normativa, los diputados le están quitando la única herramienta que les dejó la Corte Suprema de Justicia para enfrentar la crisis sanitaria, que es la aplicación de cercos sanitarios como una estrategia de contención epidemiológica para evitar la propagación de contagios y fortalecer la atención de los equipos institucionales.