Andalucía
Defensas de los condenados en la rama política del «caso ERE»: «Esto no ha acabado»
Sostienen que la sentencia de la Audiencia tiene «agujeros» y «se sitúa más en el ámbito de las valoraciones que de la prueba de los hechos»
«Esto no ha terminado, no ha acabado». Las defensas de los condenados en la pieza política del «caso ERE» aseguran que han perdido una batalla, pero no la guerra. Creen que la sentencia de la Audiencia de Sevilla «tiene muchos agujeros» y «atacarán desde varios flancos». Lo harán a través de recursos de casación que elevarán al Tribunal Supremo (TS). «Lo fundamental es que el fallo se sitúa más en el ámbito de las intuiciones, de las valoraciones, de los pálpitos, que de la prueba de los hechos», sostiene una de esas defensas. «Hay un síntoma claro y es que se acude a la prueba indiciaria, a la regla de la lógica y a las máximas de la experiencia un montón de veces a lo largo del texto y eso es el pelillo de la dehesa», mantiene y cose: «Se ve que no es una sentencia que tiene pruebas sobre una serie de hechos que establece y luego encaja en el tipo penal, sino que lo que hace es concluir la culpabilidad» y luego empotra los delitos «sobre lo que llama indicios y que, en realidad, son especulaciones y presunciones». Varios representantes procesales consultados por LA RAZÓN coinciden en que ése sería «el espíritu general que resume» la resolución judicial de la Audiencia. Hay quien no duda en mantener que el tribunal «ha cedido a la presión política, mediática y social» y tildan de «vergüenza» que se diga que «los 6.000 beneficiarios –de prejubilaciones ligadas a la causa de los ERE– son amigos del PSOE».
Más fuentes del mismo colectivo apuntan otro posible argumento que se repetirá en los recursos: el exceso de tiempo. En la propia sentencia de 1.821 páginas se asevera que «es indudable y notoria la extrema complejidad de la causa y los constantes y continuos avatares que ha tenido que seguir la misma hasta poder celebrarse el juicio oral, que duró más de un año, y el dictado» de una resolución complicada. De hecho, los magistrados entienden que no cabe apreciar la atenuante de dilaciones indebidas ya que el «plazo razonable» en la duración del proceso ha estado revestido de «circunstancias excepcionales». Con todo, desde el lado de las defensas intentarán disparar también por ahí, pese a que saben que «no sólo cuenta el simple paso de los años» y que cada causa, en efecto, es distinta». Pero, se agarran a que si el caso comenzó a armarse en 2011 y el fallo se ha producido a finales de 2019 «hay dilaciones indebidas, según el Tribunal Supremo, que viene considerando últimamente que existen a partir de los cinco años entre incoación y sentencia». Nueve años «se consideraría un ‘plazo irrazonable’», señalan. Otro razonamiento que se no descartan, aunque aún tienen que acabar de digerir el voluminoso fallo y «afinar» ideas, pasa por que el magistrado Álvaro Martín, quien acabó procesando a Chaves y a Griñán, «no era el juez natural», lo que «tiene contenido constitucional». De lo que no hay duda es de que habrá que volver a esperar. «Hay que preparar los recursos, formalizarlos y mandarlos para el Supremo, donde normalmente suelen atender este tipo de asuntos de manera preferente». «Un año o incluso más», auguran.
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