Andalucía
Excluyen a Guerrero, Fernández y Serrano de dos piezas de los ERE
El juez acuerda en cambio continuar como procedimientos abreviados esas causas abiertas contra seis investigados por ayudas de 2,4 millones
Mientras la catarata de reacciones a la sentencia de la rama política del «caso ERE» sigue fluyendo, el juez José Ignacio Vilaplana avanza con la instrucción de otras de las piezas en las que se atomizó el «macroproceso». Ha acordado en dos autos continuar como procedimientos abreviados las causas abiertas contra seis personas investigadas en dos de esos bloques separados por las ayudas por un valor total de 2,4 millones concedidas por la Junta de Andalucía a las empresas Novomag Manufacturas Metálicas, Martínez Barragán S.A. y Elaborados Cárnicos Andaluces. En ambas resoluciones, de las que informó ayer la oficina de comunicación del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), el magistrado decreta la continuación de las diligencias previas como procedimiento abreviado por presuntos delitos de prevaricación administrativa, malversación y falsedad documental contra el dueño de las mercantiles Martínez Barragán y Elaborados Cárnicos Andaluces, en una de las piezas; y contra los cinco gestores de Novomag Manufacturas Metálicas por delitos de prevaricación y malversación, en la otra.
Hay un punto de conexión entre esos autos con la rama política: la repetición de algunos de los señalados. Y una coincidencia con otras resoluciones anteriores. El instructor explica que no es posible depurar la posible responsabilidad penal ni continuar el procedimiento por su participación en los hechos presuntamente delictivos contra el ex consejero de Empleo Antonio Fernández, el ex director general de Trabajo Francisco Javier Guerrero y el ex director general de la agencia IDEA Miguel Ángel Serrano. El motivo es precisamente que ya fueron encausados por «la perpetración de aquéllos» en la pieza política, donde ya hay fallo. En su decisión de excluirlos el magistrado del juzgado de Instrucción número 6 de Sevilla sigue «el criterio a tal efecto establecido» por la Sección Séptima de la Audiencia Provincial, como en el resto de ocasiones.
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