Política

Andalucía

El sistema de los ERE permitió que 270 expedientes de la Junta esquivaran un doble control

La Audiencia de Sevilla asevera que ése era «el efecto buscado» con el uso de las transferencias de financiación, mal utilizadas para enviar dinero a los entes que actuaron de cajas pagadores, pese a que se alertó en 14 informes

Si se aislan páginas en distintas partes de la nutrida sentencia de la pieza política del «caso ERE» una idea queda clara: el sistema empleado por el Gobierno andaluz para repartir las ayudas ahora bajo sospecha esquivaba dos tipos de controles, uno «a priori» y otro «a posteriori». En el fallo se asegura que, de un lado se omitió la fiscalización previa en la Consejería de Empleo, dado que no existía crédito presupuestario para la concesión de los fondos públicos, por haber sido consumido al realizar transferencias de financiación al Instituto de Fomento de Andalucía (IFA), luego agencia IDEA, entes de la Junta que actuaron de cajas pagadoras. Es decir, no había presupuesto al que aplicar el expediente a fiscalizar. Si bien, en la propia sentencia se explica que en los supuestos en que se omite el trámite de la preceptiva fiscalización previa del expediente de gasto en ayudas, «la norma prevé la posibilidad de tramitar» uno «de convalidación del gasto», esto es, contempla que «a posteriori, y previo examen de ese expediente, se pueda realizar una comprobación del cumplimiento de requisitos y subsanar la falta de la fiscalización, manteniendo los efectos de la ayuda, y en su caso, del pago ya realizado».

Pero, en la totalidad de «los 270 expedientes existentes de ayudas sociolaborales y ayudas a empresas, que se han venido concediendo durante el período enjuiciado –2000/2009–, en el marco del programa 22E y luego 31L, es imposible tramitar expedientes de convalidación del gasto», se asevera como hecho probado. El motivo es que los mal llamados para la Audiencia Provincial de Sevilla expedientes, carecían «del cumplimiento de todos los trámites esenciales», lo que conllevaba que fueran «nulos de pleno derecho, y por tanto, no convalidables».

El tribunal enjuiciador repite que hubo «una absoluta falta de control de la concesión de subvenciones sociolaborales y a empresas en crisis», al haberse saltado la verificación previa y no poderse fiscalizar tampoco «en vía de control financiero del IFA-IDEA, más que el pago, pues al no ser dicha entidad la concedente de la subvención, no obraba en poder de la misma dicho expediente».

En definitiva, el reparto de subvenciones por parte del Ejecutivo autonómico no fue revisado ni en el departamento de Empleo, varios de cuyos ex altos cargos han sido ahora condenados; ni por la comprobación financiera a la que estaba sometida IFA-IDEA. Lo único que se podía revisar, de acuerdo a la versión de lo sucedido que ha dado por buena la Audiencia, es si los abonos «se habían realizado conforme a las órdenes recibidas» de Empleo. O, dicho de otro modo: si «los beneficiarios de las ayudas se correspondían con los convenios formalizados» entre dicha consejería e IFA-IDEA, y «por los importes que en los convenios se detallaban». «Quedando, por tanto, sin fiscalizar –se refleja en la resolución judicial– todo el procedimiento» de otorgamiento de las subvenciones del Gobierno regional. Para el tribunal provincial, la conclusión no puede ser otra que «ése fue el efecto buscado» con la utilización de «las transferencias de financiación». Se mantiene que desde la Intervención General de la Junta se alertó, entre otras cuestiones, de que el expediente administrativo de aquéllas empleado por la consejería para enviar dinero a IFA-IDEA, «es inadecuado para el gasto público realizado, de subvenciones excepcionales». «No se cumplen –se afirma en el fallo– los requisitos para el uso de las transferencias de financiación al no financiar actuaciones propias de IFA-IDEA y cubrir actuaciones concretas y específicas, no genéricas».

Y no era un secreto, al menos de acuerdo al relato de la sentencia de la rama política del «macroproceso». «Así se recoge» en 14 informes: cuatro ligados a las cuentas anuales de los años 2002, 2003, 2005 y 2007; un anexo de las de 2006; el Informe Adicional 2003; y siete vinculados a auditorías de cumplimiento de 2002, 2004, 2005, 2006, 2007, 2008 y 2009.

Más datos

°La sentencia de la Audiencia señala que la Junta subvencionó a una empresa en la que trabajó la hija del ex consejero José Antonio Viera, que «desvió» parte de ese dinero para «financiar» Alternativa Española, partido político heredero del ultraderechista Fuerza Nueva. Así consta en el fallo al analizar los fondos dados a Marco de Estudios y Proyección Siglo XXI.

°El alcalde de El Pedroso (Sevilla), el socialista Juan Manuel Alejo, reivindicó ayer la imagen de la localidad subrayando que se trata de un pueblo «trabajador», al contrario de la «sombra» que se proyecta» sobre él, como consecuencia del «caso ERE», al proceder de allí uno de los condenados, el ex director general de Trabajo Francisco Javier Guerrero.