Andalucía

Zarrías considera «contraria a derecho» la sentencia de la pieza política de los ERE

Traslada a la Audiencia de Sevilla su intención de recurrir en casación al Tribunal Supremo por infracciones de ley y de precepto constitucional

El ex consejero de la Presidencia de la Junta de Andalucía, Gaspar Zarrías, en la Audiencia
El ex consejero de la Presidencia de la Junta de Andalucía, Gaspar Zarrías, en la AudienciaJose Manuel VidalEFE

La sentencia de la pieza política del «caso ERE» es «contraria a derecho, así como gravemente perjudicial» para el ex consejero de la Presidencia de la Junta Gaspar Zarrías, quien fue condenado en ella a nueve años de inhabilitación por un delito de prevaricación. Así lo entiende y por ello ha anunciado ya a la Audiencia Provincial de Sevilla, a través de un escrito fechado el 26 de diciembre y al que accedió LA RAZÓN, que recurrirá en casación ante el Tribunal Supremo (TS). Se ha asido a una posibilidad anunciada.

Lo hará, según expone su representante procesal, Gonzalo Martínez-Fresneda, por una triada de razones esenciales que pasan por una infracción de precepto constitucional y otras dos de ley que tendrá que desarrollar aún en profundidad.

En relación al primer punto, el letrado alude en concreto a la vulneración del «derecho fundamental a obtener la tutela efectiva de los jueces y tribunales en el ejercicio de sus derechos e intereses legítimos, sin que en ningún caso pueda producirse indefensión». Y a ello suma el quebranto de otros derechos como son el relativo «al juez ordinario predeterminado por la ley», el que tiene a «un proceso público con todas las garantías», y el de «la presunción de inocencia».

La defensa de Zarrías se agarrará además para armar su recurso ante el Supremo a infracciones de ley «por error en la apreciación de la prueba, por documentos que obran en autos y no resultan contradichos por otros». El letrado menciona en su escrito instrucciones para la tramitación de asuntos del Consejo de Gobierno y de la Comisión General de Viceconsejeros, los llamados «consejillos», de dos fechas, el 14 de junio de 2000 y el 17 de noviembre de 2010, «en el particular que refieren la forma de tramitación de asuntos en ‘Índice verde’ –esa etiqueta se aplica a los puntos del orden del día del Consejo de Gobierno que cuentan con el visto bueno de los órganos administrativos competentes–».

El abogado del ex consejero indica, asimismo, una hilera de actas de distintas reuniones de equipos de gobiernos y de viceconsejeros, incluidas en las que, a su juicio, se acredita que la Junta «aprobaba el Anteproyecto de Ley de Presupuesto, acordando su remisión como Proyecto de Ley» a la Cámara, «siempre previo dictamen del Consejo Consultivo de Andalucía». Apunta luego al certificado de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Presidencia del 16 de junio de 2015, en el que se avala «la inexistencia de resolución adoptada» por Zarrías sobre «la concesión de ayudas sociolaborales a ex trabajadores afectados por un expediente de regulación de empleo (ERE) o a favor de empresas en crisis». Por último, anota las «comunicaciones trimestrales remitidas por el Consejo de Gobierno al Parlamento de Andalucía entre los años 2000 y 2012», por cuanto entiende que acreditan «la remisión y toma de conocimiento» por parte de la Cámara regional de las «modificaciones presupuestarias aprobadas», conforme «a la legislación vigente», por el Ejecutivo autonómico. Sin abandonar el bloque de las infracciones de ley, Martínez-Fresneda cree que ha habido una «aplicación indebida de preceptos penales u otras normas jurídicas que deben ser observadas». Este movimiento de Zarrías lo repetirán previsiblemente la mayoría de los otro 18 ex altos cargos andaluces que fueron considerados culpables por el tribunal.