Coronavirus

La Audiencia de Sevilla estrena mamparas antivirus

Se han instalado en la sala de vistas de la Sección Séptima, donde se juzgó el caso de los ERE

Guantes y gel hidroalcohólico en la entrada de los juzgados de Sevilla
Guantes y gel hidroalcohólico en la entrada de los juzgados de SevillaManuel Olmedo

La sala donde se juzgó el caso de los ERE ha acogido este viernes el primer juicio celebrado en la Audiencia de Sevilla desde el estado de alarma, que también ha supuesto el estreno de las nuevas mamparas anticoronavirus y se ha resuelto con un acuerdo de conformidad en un caso de intento de asesinato.

La vista, a la que tuvo acceso Efe, correspondía a la Sección Séptima pero el escenario fue la sala de vistas de la Tercera, ya que se trata de la primera del vetusto edificio donde la Junta de Andalucía ha instalado el nuevo sistema de protección contra la covid-19 y también es la segunda más grande de la Audiencia.

Se trataba de una causa con preso, una de las excepciones a la suspensión de actuaciones judiciales por el estado de alarma, y reunió a dieciséis personas: el tribunal (Javier González, Mercedes Alaya y Ángeles Sáez), dos acusados, un fiscal, un abogado de la acusación particular, dos abogados defensores, una funcionaria, dos policías, tres periodistas y un particular. Al acusado, que venía desde la cárcel, se le proporcionó una mascarilla en la entrada de la sala, donde también había un bote de gel hidroalcohólico para las manos que se aplicaron todos los que por allí entraron, ya fuesen profesionales, prensa o público. Las mamparas, individuales y de tres caras, eran nueve en total, una por cada magistrado y profesional que participó en el acto, aunque se añadió otra de una sola pieza para aislar al preso de la intérprete, mientras que el segundo acusado se sentó en otro banco, sin protección pero manteniendo la distancia física recomendada.

La otra gran novedad de la ‘nueva normalidad’ son las mascarillas, aunque los magistrados no se las pusieron pese a portarlas y sólo las tuvieron de principio a fin un abogado, los procesados, la intérprete y los agentes, quienes por cierto se sentaron juntos. En la estancia exterior aguardaron testigos, peritos y familiares de las víctimas, alguno de los cuales cumplió un trámite habitual, la exhibición del DNI, de un modo inhabitual: ahora se dejan sobre una mesa, la persona se aparta y sólo entonces la funcionaria revisa la documentación sin tocarla.

La lista de novedades que dejarán de serlo cuando la Justicia se adentre de verdad en su nueva realidad se completó con una funda protectora en cada micrófono de grabación y abogados sin toga, como corresponde a la dispensa de la que gozan al ser prendas de uso compartido. Los jueces, el fiscal y la acusación particular sí llevaron el atuendo tradicional de sus profesiones porque son de su propiedad.

El fiscal del caso, Francisco Javier Soto, admitió tras la vista que las medidas de seguridad “son un acierto y se agradecen”, aunque “también ha sido agobiante”. El principal inconveniente, según explicó a los periodistas, es que “se distorsiona la visión” al haber “reflejos en la mampara”, lo cual puede suponer un problema en los interrogatorios -en este caso no hubo ninguno- porque “es conveniente ver con nitidez la cara del acusado o del testigo”.

Los hechos enjuiciados en este primer juicio de la era covid-19 en la Audiencia de Sevilla ocurrieron el 9 de abril de 2019 en el barrio de San Jerónimo cuando los acusados, ambos marroquíes, atacaron con una catana al tío político de la novia de uno de ellos por unas rencillas familiares.

El adulto sufrió una fractura de cráneo y pérdida de visión en un ojo y su hijo, que lo acompañaba, resultó contusionado, por lo que la Fiscalía acusó a cada agresor de un delito de intento de asesinato y otro de lesiones leves y solicitó doce y nueve años de cárcel, respectivamente, así como una indemnización de casi 17.000 euros. Tras las negociaciones, el delito se rebajó a tentativa de homicidio y las condenas fueron de dos años y medio y dos años de cárcel, mientras que la indemnización para la víctima que tuvo que someterse a una craneotomía aumentó a 25.000 euros.