Sucesos
Condena de 21 años y medio de cárcel para una mujer por matar a una pastelera por una deuda de 700 euros
El jurado considera que actuó acompañada por su compañero sentimental, que no ha podido ser juzgado debido a que falleció en Lituania
La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Almería ha impuesto penas que suman 21 años y medio de prisión para Loreta V., la acusada de matar a una pastelera de El Ejido (Almería) por una deuda, declarada culpable por un jurado popular de los delitos de asesinato y robo con violencia en casa habitada.
El fallo del magistrado Luis Miguel Columna, que presidió la vista oral con jurado popular, impone 18 años de cárcel y el pago de 140.000 euros a la hija de la víctima por el delito de asesinato, además de una orden de alejamiento de la 500 metros durante 25 años respecto a la heredera de la fallecida.
Asimismo, la condena a tres años y medio por el delito de robo con violencia, por el que también deberá abonar 464 euros de indemnización a la hija de la víctima.
La sentencia es recurrible ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) y recoge los hechos que el jurado declaro probados, que comienzan cuando Loreta V. acudió sobre las 19:00 horas del 13 de septiembre de 2014 a la panadería-pastelería Berenguel, ubicada en la calle Rosa de El Ejido.
Lo hizo acompañada por su compañero sentimental, que no ha podido ser juzgado por estos hechos debido a que falleció en Lituania, con la intención de reclamar una deuda de unos 700 euros que la víctima, Natalia P., tenía con ella.
El jurado consideró probado por mayoría que la acusada subió “fuertemente” la música del establecimiento, y por unanimidad que ella o su pareja cerraron la puerta del negocio con la llave puesta por dentro.
Por mayoría de los votos, se consideró probado que Loreta V. y su compañero tenían la intención de acabar con la vida de Natalia P., aunque no que la atacasen de forma sorpresiva porque el jurado apuntó que la víctima “sentía miedo de encontrarse con ellos”.
Sí hubo acuerdo unánime a la hora de señalar el arma homicida, un cenicero en el que se encontró el ADN de la procesada y su pareja, con el que uno de los dos la atacó, así como que tras esto fue estrangulada por alguno de ellos sin poder defenderse.
También señalaron que se encontró ADN de la acusada en las uñas de la fallecida, aunque no han aparecido sus huellas en el cenicero, y que el cadáver estaba en “medio de un charco de sangre en el que sólo había pisadas de zapatos de hombre”, así como que la agredida murió inmediatamente a consecuencia del golpe y el posterior estrangulamiento.
Además aseveraron que la “desproporción de fuerzas hace pensar en más de un agresor”, por lo que, junto a todo la anterior, la han declarado culpable por mayoría de 8 a uno de un delito de asesinato.
También declararon probado que antes de irse del local se apoderaron de un portátil HP, un móvil, unos pendientes dorados y dos juegos de llaves, además de una cantidad indeterminada de dinero de la caja registradora, si bien la Policía Nacional encontró dentro de esta última algunas monedas y 195 euros dentro de una agenda.
No obstante, no consideraron probado que hubiese objetos de valor en la trastienda de la panadería, pero sí que dispusieron de los objetos robados para ellos de mutuo acuerdo, por los que los consideran responsables, de nuevo por mayoría de 8 a uno, de un delito de robo con violencia.
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