"Macroproceso de los ERE"

Visto para sentencia el juicio de Acyco con la “confianza” del ex consejero Fernández en la Justicia

El ex titular de Empleo se acogió durante la vista a su derecho constitucional a no declarar

El ex consejero de Empleo de la Junta de Andalucía Antonio Fernández
El ex consejero de Empleo de la Junta de Andalucía Antonio FernándezEduardo BrionesEuropa Press

La Sección Tercera de la Audiencia de Sevilla ha dejado este martes “visto para sentencia” el juicio comenzado el pasado 9 de septiembre en torno a las subvenciones autonómicas concedidas a la empresa de Dos Hermanas Aceitunas y Conservas (Acyco), una pieza separada de la “macrocausa” de los expedientes de regulación de empleo (ERE) irregulares o innecesarios y las ayudas directas y sin publicidad, con cargo a los presupuestos de la Junta de Andalucía.

Esta última sesión del juicio ha contemplado aspectos como los informes del abogado defensor del ex director general de Trabajo y Seguridad Social de la Junta de Andalucía Daniel Alberto Rivera, acusado en el juicio; y de los abogados del despacho Garrigues y del grupo agroalimentario Dcoop ante la responsabilidad civil subsidiaria que se atribuye a tales entidades.

Y para concluir la sesión y con ello el juicio, los acusados han tenido opción a la última palabra, turno en el que el ex consejero socialista de Empleo Antonio Fernández, condenado a siete años, once meses y un día de prisión y 19 años, seis meses y un día de inhabilitación absoluta en la sentencia relativa a la pieza política de los ERE, mostró su “confianza en la Justicia”. Ello, según dijo, pese a “la situación procesal” que durante los últimos “diez años” lleva sufriendo a cuenta de la investigación de la mencionada “macrocausa”.

El pasado 20 de octubre, día para el que estaba fijada la comparecencia de Fernández en la vista oral en calidad de acusado, el mismo se acogió a su derecho constitucional a no declarar. Actuó así frente a la decisión del tribunal de denegar excluir del juicio a los ex altos cargos de la Junta ya afectados o juzgados en la causa judicial del mencionado bloque político. Y es que, si bien las defensas de estos ex altos cargos esgrimían el principio “non bis in idem” que impide que un mismo hecho resulte sancionado más de una vez y el criterio de la Sección Séptima de la Audiencia en ese sentido, la Sección Tercera sostiene que los hechos juzgados con relación a Acyco “no han sido objeto de enjuiciamiento con anterioridad ni en el denominado procedimiento específico” juzgado por la Sección Primera del tribunal provincial.