Tribunales

Carpetazo a la investigación de las subvenciones para crear redes wifi municipales en Andalucía

El juez archiva la causa seis años después, al descartar los delitos de prevaricación y malversación. Reduce las “posibles irregularidades” al ámbito administrativo

El titular del juzgado de Instrucción número 16 de Sevilla es Juan Gutiérrez Casillas
El titular del juzgado de Instrucción número 16 de Sevilla es Juan Gutiérrez CasillasLa RazónLa Razón

«Por no resultar debidamente justificada la perpetración de delito alguno». Con esta frase y sin perderse en ningún rodeo ha dado por concluida la investigación sobre la concesión de subvenciones excepcionales a varios ayuntamientos andaluces para la creación de redes wifi, el titular del juzgado de Instrucción número 16 de Sevilla, Juan Gutiérrez Casillas. Para buscar el origen de la causa hay que remontarse a un informe de la Intervención General de la Junta de Andalucía vinculado a las cuentas de la agencia IDEA, en concreto a las del ejercicio de 2010, y a una petición de la Fiscalía Anticorrupción, que entendió que se habían otorgado sin publicidad ni concurrencia. El carpetazo al proceso llega casi seis años después de su arranque en 2015 y de que algunos abogados como Juan Carlos Alférez, representante procesal de un ex director de IDEA, avisaran de que se habían agotado los plazos judiciales.

En un auto, fechado el pasado 11 de febrero y consultado por LA RAZÓN, el juez explica que el ámbito del análisis judicial abarcaba «un doble sentido o línea de posible responsabilidad en el ámbito criminal: el de la prevaricación sobre la naturaleza de la subvención y el de la malversación sobre la justificación» de la misma. Con respecto al primer apartado, ligado a un presunto «uso inadecuado» de transferencias de financiación de capital para asignar las ayudas «como prueba piloto para la implantación de una red inalámbrica» con la que los vecinos pudieran acceder a internet desde los consistorios, el magistrado concluye que «no existe indicio racional» del delito de prevaricación cuyo bordes se marcan en el Código Penal. En cuanto a la prevaricación, Gutiérrez Casillas refleja en su resolución que las subvenciones provenían de una Orden de la ex Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa en la que se fijaron las bases reguladoras «del programa de incentivos para la innovación e impulso del acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos de las administraciones locales» de la región. Añade que se efectuó convocatoria para los años 2008 y 2009, como quedó constancia en el BOJA, la propia consejería resolvió y el Consejo de Gobierno de la Junta ratificó que «el incentivo y las subvenciones excepcionales» difundidas luego «fueran de tal naturaleza con independencia de que la misma pudiera o no ajustarse a los principios de publicidad y concurrencia competitiva». Es decir, IDEA sólo intervino «como mecanismo medial o instrumento para llevar a efecto lo acordado en otras instancias», por lo que «no se aprecian indicios racionales de prevaricación en el entonces director general» investigado, junto a otros ex altos cargos.

El instructor tampoco ve «la posible apreciación de un delito de malversación de caudales públicos». A su juicio y en definitiva, «las posibles irregularidades que se pudieron evidenciar por la Intervención General de la Consejería de Hacienda y Administración Pública en su informe» y «en apartado de salvedades», constituyen «realmente irregularidades de carácter estrictamente administrativo que se entienden que carecen de relevancia penal».