"Caso ERE"
Vilaplana archiva la causa de las transferencias de financiación al no apreciar indicios de delito
El magistrado asegura que no concurren indicios racionales de criminalidad “solventes y suficientes”
El juez de refuerzo del Juzgado de Instrucción número 6 de Sevilla, José Ignacio Vilaplana, ha acordado el sobreseimiento provisional de la causa donde se investigaban las posibles responsabilidades penales derivadas del uso inadecuado de la figura de las transferencias de financiación hacia la Agencia IDEA por parte de la Consejería de Empleo y otras consejerías de la Junta de Andalucía, ya que considera que no concurren indicios racionales de criminalidad “solventes y suficientes” que permitan deducir la efectiva perpetración de los delitos de prevaricación administrativa y malversación investigados.
En un auto fechado el día 19 de mayo y difundido por el TSJA, el magistrado acuerda el sobreseimiento provisional de la causa y que, una vez esta resolución sea firme, se proceda al archivo de las actuaciones, ya que, “de lo actuado, no es posible deducir que a través de la irregular utilización del mecanismo de transferencias de financiación a la Agencia IDEA” por parte de distintas consejerías de la Junta “se haya reproducido un mecanismo ilícito de disposición sistemática y arbitraria de fondos públicos, similar al deducido y constatado” en el denominado procedimiento específico que fue juzgado en la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Sevilla.
Así, pone de manifiesto que procede acordar el sobreseimiento provisional de la causa “al no haberse obtenido indicios suficientes y solventes de criminalidad”, todo ello “sin perjuicio de las actuaciones a realizar o desarrollar en otras causas o piezas separadas, distintas de la presente, en las que se diluciden las posibles responsabilidades penales que pudieran derivarse de la ilicitud de actos concretos de disposición de fondos públicos por parte de la Agencia IDEA -entendidos aquéllos en un sentido amplio, como actos de concesión, actos de garantía, o actos de pago- que tuvieran vinculación u origen en las referidas transferencias de financiación, en particular, aquéllos actos relacionados con las concretas operaciones financiadas mediante el referido mecanismo constatadas por la Intervención de la Junta” en distintos informes a los que el juez alude en su resolución.
El magistrado explica que esta causa se incoó a petición de la Fiscalía Anticorrupción y tendría por objeto “determinar si de manera reiterada por parte de la Junta de Andalucía se habría utilizado presupuestariamente la figura de las transferencias de financiación de manera inadecuada en lo referente a la aportación de fondos a la Agencia IDEA, y si tal uso inadecuado habría supuesto o posibilitado, de manera general, una disposición indebida de los fondos públicos con una total ausencia de control y fiscalización por parte de la Intervención General de la Junta”, y ello “al margen de la presupuestación y del uso de los fondos del programa presupuestario 31-L, que sería objeto de otras causas /piezas separadas” derivadas del caso ERE.
El instructor considera que, a la vista del resultado de las diligencias practicadas, “resulta factible deducir que por parte de distintas consejerías de la Junta (principalmente, las consejerías de Empleo e Innovación) se habría llevado a cabo una utilización abusiva de la figura de las transferencias de financiación en favor de la Agencia IDEA a fin de que ésta llevase a cabo operaciones de pago comprometidas por la correspondiente Consejería en favor de terceros, a modo así de Agencia intermediaria delegada”, todo ello, “en lugar, como resultaría procedente, de utilizar esas transferencias de financiación para posibilitar y financiar la gestión ordinaria de la Agencia y, en particular, para proporcionar cobertura a su cuenta propia de explotación”.
En el auto, el juez asevera que “este uso inadecuado del mecanismo de transferencias de financiación ha sido puesto de manifiesto por la Intervención de la Junta de Andalucía en distintos informes obrantes en autos”, tales como los Informes de Control Financiero Permanente Anual de la Agencia IDEA y demás Informes de Cuentas Anuales y de seguimiento, ejercicios 2005 a 2010.
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