Tribunales

Procesan a Lanzas y a once investigados más por los ERE

El juez detecta presuntos delitos de prevaricación y tráfico de influencias en las ayudas a Matadero de Fuente Obejuna

Juan Lanzas, ex dirigente de UGT y «conseguidor» de los ERE, en el Parlamento andaluz
Juan Lanzas, ex dirigente de UGT y «conseguidor» de los ERE, en el Parlamento andaluzServicio Ilustrado (Automático)La Razón

El juez de refuerzo del Juzgado de Instrucción número seis de Sevilla, José Ignacio Vilaplana, ha dictado un auto en el que acuerda continuar como procedimiento abreviado las diligencias previas seguidas contra 12 personas, entre ellas el ex sindicalista de UGT Juan Lanzas, investigadas en una pieza separada del caso de los ERE centrada en las presuntas irregularidades en las ayudas que la Junta concedió por un importe de 2.528.258 euros a la empresa cordobesa Matadero de Fuente Obejuna, para el despido colectivo acometido por la misma en 1998. El auto, fechado el día 2 de noviembre, difundido por el TSJA y recogido por Europa Press, se dirige contra el ex dirigente de UGT Juan Lanzas, que actuaba supuestamente como intermediario o «conseguidor» de ayudas públicas; el abogado Carlos L. B.; Jesús María Bordallo y Antonio Albarracín como ex representantes de la empresa mediadora Vitalia Vida; dos ex responsables de la Asociación para la Promoción Sociolaboral de los extrabajadores de la empresa llamanos Manuel G. P. y Domingo V. P. y seis personas que fueron incluidas de forma «fraudulenta» como beneficiarias de las pólizas de seguro de rentas suscritas. El juez detecta presuntos delitos de prevaricación administrativa, tráfico de influencias, malversación de caudales públicos y falsedad documental.

Asimismo, el instructor acuerda continuar las diligencias previas como procedimiento abreviado, en calidad de responsables civiles subsidiarias, contra las entidades Asociación para la Promoción Sociolaboral de los ex trabajadores de la empresa, Técnicas Agrícolas Ecológicas e Integradas S.L., Vitalia y un despacho de abogados.

El instructor explica que no es posible depurar la posible responsabilidad penal ni continuar el procedimiento por su participación en estos hechos presuntamente delictivos contra el ex consejero de Empleo Antonio Fernández; el ex viceconsejero del ramo Agustín Barberá, y el ex director general de Trabajo y Seguridad Social Juan Márquez, pues «ya habrían sido encausados por la perpetración de aquéllos en el procedimiento abreviado relativo a la ilicitud penal del denominado procedimiento específico instaurado para llevar a efecto la ilícita concesión de ayudas por parte de los responsables de la Junta», siguiendo así el criterio «a tal efecto establecido» por la Sección Séptima de la Audiencia en tres autos de 23 de abril de 2018 que ratifican y confirman la exclusión en esta pieza separada de los ex altos cargos citados.

En el auto, el magistrado precisa que el objeto de esta pieza separada lo constituye la presunta ilicitud de las ayudas concedidas por la Consejería de Empleo a Matadero de Fuente Obejuna «sin sujeción al procedimiento legalmente establecido», señalando que, en particular, la obtención y otorgamiento «ilícito» de dichas subvenciones se habría llevado a cabo a través de la denominada asociación, constituida por los trabajadores de la sociedad afectados por el ERE y gestionada por dos de los investigados. El magistrado indica que el importe de estas ayudas o subvenciones concedidas por la Junta ascienden, al menos, a la suma de 2.528.258,63 euros.