Entidades Locales Autónomas
La Ley andaluza que permite financiación incondicionada entra en vigor
La nueva norma equipara las funciones de la Presidencia de la ELA a las de la Alcaldía y las de la Junta Vecinal a las del Pleno del Ayuntamiento
La nueva Ley andaluza de financiación incondicionada para las entidades locales autónomas (ELA) entra en vigor este 1 de enero con una nueva regulación de las competencias de las 36 ELA existentes en la comunidad y una línea de subvenciones para financiar actuaciones con el desarrollo y ejecución de sus competencias, ya que por primera vez las ELA podrán recibir directamente ayudas de la Junta.
La norma, aprobada por el pasado 15 de diciembre por el Pleno del Parlamento andaluz con el único rechazo de Vox, recoge las competencias de las ELA para regular el territorio vecinal y el establecimiento de los elementos identificativos de sus límites, además de la previsión de que puedan gestionar la parte del padrón municipal que les corresponda, previa delegación del Ayuntamiento y bajo su coordinación, así como que el Ayuntamiento deberá facilitar la información del padrón municipal referida a la población de la ELA cuando ésta lo solicite.
Igualmente, desarrolla las competencias transferidas y las delegadas, hasta ahora escuetamente recogidas en la Ley de Autonomía Local de Andalucía (Laula), así como la posibilidad de que puedan formar parte de las mancomunidades de municipios para prestar los servicios de su competencia si cuentan con la autorización del municipio matriz y que estén representadas, con voz pero sin voto, en la mancomunidad en las que se integre el municipio.
La nueva norma equipara las funciones de la Presidencia de la ELA a las de la Alcaldía y las de la Junta Vecinal a las del Pleno del Ayuntamiento. En cuanto a su personal, se diferencia entre propio, funcionario o laboral y se regulan las funciones de Secretaría, Intervención y Tesorería. Respecto al régimen patrimonial, la norma distingue entre los de titularidad de las ELA de aquellos sobre los que asume únicamente su posesión.
Y en cuanto a su régimen de financiación, recoge la obligación de los municipios de justificar ante la Junta que realizan las transferencias correspondientes a su participación en los tributos municipales y las proporcionales a las que le hayan efectuado el Estado, la comunidad autónoma o la provincia.
La nueva ley desarrolla los procedimientos para la modificación y supresión de las ELA, con trámites como dar audiencia a la entidad, el informe de la Diputación Provincial y la Junta y la exigencia de una mayoría cualificada para el correspondiente acuerdo municipal, y también acota los supuestos que pueden dar lugar a dicha modificación o supresión.
SUBVENCIONES
La ley establece una línea de subvenciones de las ELA para la financiación de actuaciones dentro del Plan de cooperación municipal. Por primera vez, la Administración andaluza pueda asignar ayudas directas a las ELA, ya que hasta ahora solo podía hacerlo a través de los municipios matrices.
La Consejería de Turismo, Regeneración, Justicia y Administración Local ha dispuesto una partida presupuestaria de 2,5 millones de euros destinada a las 36 ELA de Andalucía para ayudarles a sufragar los servicios que deben prestar a su población, caso de la conservación y reparación de las vías urbanas, el alumbrado público o el alcantarillado, la limpieza viaria, los servicios funerarios, el abastecimiento de agua, la recogida de residuos o el control de alimentos.
Para repartir estos 2,5 millones, se han clasificado las 36 ELA en tres grupos --las de menos de 1.000 habitantes, las de entre 1.001 y 1.999 y las de 2.000 o más-- y se ha aplicado un coeficiente corrector a cada grupo. Las cuantías máximas que puede solicitar cada entidad van desde los 9.090 euros asignados a El Centenillo (Jaén) hasta los 201.717 de Guadalcacín (Cádiz).
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