Tribunales

Casi catorce años de prisión para una mujer que intentó matar a su marido y aparentó que se había suicidado

El TSJA ratifica la pena impuesta por la Audiencia Provincial de Málaga. La encausada golpeó primero a su pareja con un maletín y después le seccionó la muñeca y retrasó la llamada a Emergencias

La sede del TSJA en Granada capital
La sede del TSJA en Granada capitalEUROPA PRESSEUROPA PRESS

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha confirmado la condena a una mujer que intentó matar a su marido, al que agredió primero golpeándolo con un maletín y luego con un objeto cortante. Después retrasó la llamada a los sanitarios y finalmente les contó que él sufría una depresión y que se había querido cortar las venas.

Tras el veredicto de culpabilidad dictado por un jurado popular, la Audiencia Provincial de Málaga condenó a la mujer por un delito de asesinato en grado de tentativa y otro delito de malos tratos en el ámbito familiar y le impuso trece años y nueve meses de prisión, más la prohibición de aproximarse a la víctima a menos de 500 metros y comunicarse con él durante dieciséis años y el pago de una indemnización de más de 31.000 euros.

Estas penas han sido ratificadas ahora por el TSJA, al igual que el relato de hechos probados, que señalaba que el 26 de noviembre de 2019, la mujer estaba en el dormitorio del domicilio familiar en Rincón de la Victoria (Málaga) cuando comenzó a discutir con la víctima al haber reñido antes al hijo de ella. La pelea acabó cuando la acusada supuestamente “golpeó por la espalda con un maletín” al hombre.

Como consecuencia de esto, el hombre se golpeó contra la mesita de noche y se quedó aturdido en el suelo. Se levantó y se fue a descansar a otra habitación, donde la mujer fue varias veces “con la intención de acabar con su vida”. En una de ellas, él se despertó y ella, “de manera inmediata y sin posibilidad alguna de reaccionar, le seccionó la muñeca con un instrumento cortante”.

La sentencia señalaba que la víctima comenzó a sangrar y a pedir una ambulancia. La mujer le realizó un vendaje y llamó al 062, pero colgó en dos ocasiones “haciendo tiempo para que el hombre se desangrara”. Cuando finalmente llamó, manifestó “que su marido estaba pasando una depresión grande y se estaba medicando, que se había cortado la mano y sangraba mucho, pero estaba tranquilo, lo cual no era cierto”.

El hombre fue atendido primero en la casa y luego trasladado al hospital. Las lesiones sufridas le provocaron una parada cardiorrespiratoria en el camino, lo que puso en peligro su vida. Fue dado de alta en diciembre y ha precisado tratamiento psicológico por estrés postraumático. La mujer negó en el juicio su participación en los hechos, pero el tribunal de Málaga no creyó su versión y llegó a afirmar que “sus explicaciones rayan en el absurdo”.

En su recurso ante el TSJA, la defensa de la mujer insistió en que ese día su marido decidió suicidarse cortándose las venas, de ahí que asegurase que la Audiencia había cometido un error a la hora de valorar las pruebas. El TSJA replica que no existe tal error y coincide con los argumentos que dio la Sala, que se basó en declaraciones de la víctima y de testigos y profesionales, los cuales negaron la depresión del hombre, así como en las contradicciones de la acusada. El alto tribunal, por tanto, concluye que la condena se basó en un conjunto de pruebas que enervan la presunción de inocencia de la investigada.