Inclusión

Los perros-guía quedarán por fin regulados en Andalucía

Definirá el procedimiento para su reconocimiento, el formato del distintivo o el funcionamiento de un registro específico, así como los centros de adiestramiento

Un instructor de la ONCE supervisa la adaptación entre un perro guía y su usuario
Un instructor de la ONCE supervisa la adaptación entre un perro guía y su usuariolarazon

La Junta de Andalucía ha sacado a consulta pública el Proyecto de Decreto por el que se desarrolla la Ley de Perros de Asistencia para Personas con Discapacidad en Andalucía. La Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad da así un primer paso para el necesario desarrollo del contenido de la Ley de Perros de Asistencia “en algunos aspectos que han quedado incompletos, así como dar cumplimiento al mandato legal”.

En concreto, la Administración andaluza se plantea regular el procedimiento para el reconocimiento de la condición de perro de asistencia; el contenido y formato del distintivo de perro de asistencia y del carnet de vinculación; los centros de adiestramiento; y el contenido y funcionamiento del Registro de Perros de Asistencia de Andalucía.

La nueva Ley de perros de asistencia ha ampliado el ámbito personal de aplicación de los perros-guía, aumentando el número y variedad de personas con discapacidad que se pueden beneficiar de la ayuda de un perro de asistencia. No obstante, algunos aspectos de la Ley necesitan un desarrollo normativo.

La ciudadanía, organizaciones y asociaciones que así lo consideren pueden hacer llegar sus opiniones sobre los aspectos planteados durante el plazo de 15 días naturales (hasta el 12 de octubre) a través del siguiente correo electrónico: dgpersonascondiscapacidad.cipsc@juntadeandalucia.es

La Ley 11/2021, de 28 de diciembre, por la que se regulan los perros de asistencia a personas con discapacidad en Andalucía, regula el derecho de acceso al entorno de las personas con discapacidad, o con determinadas circunstancias de salud, acompañadas por perros de asistencia, así como las condiciones de su ejercicio. Hasta su aprobación por el Parlamento de Andalucía, solo existían como perros de asistencia, los perros-guía para personas con discapacidad visual, regulados en la Ley 5/1998, de 23 de noviembre, relativa al uso en Andalucía de perros guía por personas con disfunciones visuales. Ahora se amplía el ámbito personal de aplicación, aumentando el número y variedad de personas con discapacidad que se pueden beneficiar de esta ayuda animal.

Los perros de asistencia son aquellos que han sido adiestrados en centros oficialmente homologados para el acompañamiento, conducción, ayuda y auxilio de personas con discapacidad, y están identificados con un distintivo oficial.