
Política
Los agentes de Medio Ambiente serán autoridad y policía judicial en Andalucía
Mano dura contra las infracciones en el sector con una ley, en trámite parlamentario, que reforzará al Cuerpo

El colectivo andaluz de Agentes de Medio Ambiente tiene sus raíces en los antiguos guardas forestales del Estado, integrados en su día en el Icona y en el Iryda, que fueron transferidos posteriormente a las comunidades autónomas en los años 80 del siglo XX. Desde entonces, ha evolucionado hasta configurar un cuerpo muy especializado en múltiples materias ambientales. En 1994 se produjo su unificación bajo la denominación actual y en 2001 se creó una especialidad específica dentro del cuerpo de Ayudantes Técnicos, que es la que ahora se extingue con esta nueva norma, dando paso a cuerpos diferenciados y jerarquizados. La Junta anunció, en palabras de la consejera Catalina García, «un paso histórico: el Consejo de Gobierno aprueba el Proyecto de Ley de Agentes de Medio Ambiente de Andalucía. Cuatro nuevos cuerpos especializados, con autoridad y funciones reforzadas, para proteger mejor nuestro entorno y servir a la ciudadanía».
La norma, que inicia su trámite parlamentario, supone «un paso decisivo hacia el refuerzo de su estructura institucional en materia de protección ambiental, mediante la creación de cuatro cuerpos específicos de Agentes de Medio Ambiente (Superior, Ejecutivo, Técnico y Operativo), que actuarán como policía medioambiental al servicio de la ciudadanía y que tendrán definidos con claridad su estatuto jurídico, funciones y sistema de acceso, con el fin de consolidar un colectivo profesional altamente cualificado, eficaz y reconocido», señaló la Junta.
La norma se enmarca en el ejercicio de las competencias autonómicas en función pública y medio ambiente, recogidas en el Estatuto y en la legislación básica estatal. En especial, se adapta a la reciente Ley 4/2024, de 8 de noviembre, que exige a las comunidades la adecuación de su normativa en el plazo de un año. La ley dotará a los cuerpos de Agentes de Medio Ambiente de la condición de agentes de la autoridad, policía administrativa especial y, en determinadas circunstancias, policía judicial en sentido genérico. De este modo, se fortalece su papel en tareas de vigilancia, custodia, inspección e investigación de delitos ambientales, garantizando su protección jurídica incluso fuera de servicio cuando actúan por motivos profesionales. En este sentido, la norma responde a la necesidad de estructurar adecuadamente las funciones y competencias de este personal, adaptándolas al actual contexto de protección ambiental. Se trata de una reforma largamente esperada, que refuerza las capacidades de la Junta de Andalucía en la defensa de sus ecosistemas, recursos naturales y patrimonio medioambiental.
El texto legal detalla de forma clara y didáctica las funciones que desempeñarán los nuevos cuerpos. Entre ellas, destacan la vigilancia, custodia e inspección del medio natural; el asesoramiento técnico; la colaboración en emergencias y la prevención e investigación de incendios forestales; así como la gestión y seguimiento de actuaciones en espacios protegidos, aguas, residuos, flora y fauna silvestres, caza y pesca continental o especies exóticas invasoras.
Además, se contempla la posibilidad de colaborar con otras administraciones en ámbitos afines como el urbanismo rural, el paisaje, el patrimonio cultural o el medio litoral. Esta versatilidad y amplitud funcional refuerzan su papel como agentes clave en la aplicación de las políticas ambientales de la Junta. La nueva estructura permitirá establecer una jerarquía funcional que mejore la eficacia del servicio, optimice la planificación de las actuaciones y facilite la carrera profesional del personal.
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