Sociedad
El alquiler de motos de agua, en un «peligroso» vacío legal
La Asociación Española de Consumidores pide que se exiga una titulación: «No hay requisitos mínimos de seguridad»
La muerte el verano pasado de dos personas en Málaga y en Fuengirola tras sufrir sendos accidentes con motos acuáticas, avivó el debate sobre la regulación de estos vehículos. Se da la paradoja de que para conducir motos acuáticas es necesario estar en posesión de, al menos, la Licencia Básica de Navegación, pero este requisito no se exige en la modalidad de alquiler. Un vacío legal al que las administraciones todavía no han hecho frente.
Así lo expone el presidente de la Asociación Española de Consumidores, Miguel A.Ruiz, quien alerta del «grave riesgo» que suponen estas embarcaciones. «Desde el año pasado han aumentado las quejas de los bañistas por el mal uso de las motos de agua en nuestras costas, porque a menudo de saltan las balizas», incide Ruiz, que pide un mayor control sobre sus conductores.
«No entendemos por qué si eres dueño de una moto de agua debes sacarte un título y si la alquilas no, quizá crean que al limitarse su uso a unas horas el riesgo diminuye, pero no es así», lamenta el presidente de la Asociación Española de Consumidores.
Entre las acciones que demandan está que las empresas que se dediquen al alquiler de motos náuticas por horas o fracción exijan a los clientes los preceptivos permisos de las Administraciones competentes y presentar una declaración responsable ante la Capitanía Marítima. Además, «pedimos que las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad realicen controles del cumplimiento de la normativa tanto por parte de los usuarios como por parte de las empresas dedicadas a esta actividad acuática».
«Ya llevamos tiempo alertando desde la Asociación Española de Consumidores del grave riesgo que suponen estos vehículos, siendo constantes los avisos de bañistas de incumplimientos de las normas para la utilización de este tipo de embarcaciones en el litoral. Por tanto, lamentamos la dejadez de las Administraciones Públicas con competencia en la materia, que no ha llevado a cabo esa regulación que hace que no existan unas obligaciones mínimas de seguridad en el uso de estas motos acuáticas en la modalidad de alquiler», destaca el presidente de la asociación.
Miguel.A Ruiz inciden en que la fata de regulación para el uso de las motos de agua no solo trae consecuencias en materia de seguridad, también en el ámbito medioambiental. De hecho, en el Parque Natural de Cabo de Gata (Almería) se están planteando prohibir este tipo de vehículos.
Daño medioambiental
La Coordinadora de Asociaciones de los Pueblos del Cabo de Gata, conformada por 13 asociaciones vecinales y entidades conservacionistas, ha solicitado que se prohiba o se restrinja «en todo lo posible» el uso de motos de agua en las zonas costeras del Parque Natural.«Las motos de agua producen una contaminación acústica insoportable para las personas y su navegación afecta muy negativamente al bienestar de la flora y fauna», aseveran. Asimismo, argumentan que su conducción en las costas del parque es una actividad que «nada tiene que ver con el mundo rural y con el respeto y cuidado medioambiental».
Así, desde la asociación vecinal aseguran que otros ciudadanos ya han transmitido sus «quejas» a las autoridades competentes, pero hasta ahora «no han sido tenidas en cuenta», por lo que la «situación se repite y se incrementa cada verano».
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